El máximo tribunal rechazó el último recurso presentado por la defensa del médico y dejó firme también su inhabilitación para ejercer la profesión durante diez años. La causa reúne las denuncias de Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi.
Hubo cuerpos marcados, dolores que se volvieron parte de la vida cotidiana y una larga batalla judicial para encontrar respuestas. Detrás de cada expediente hay mujeres que confiaron su salud a un médico y terminaron enfrentando consecuencias que jamás imaginaron. Entre ellas estaba Silvina Luna, quien murió sin llegar a conocer el desenlace definitivo de esta causa. Después de años de denuncias, apelaciones y reclamos de justicia, la condena contra Aníbal Lotocki quedó firme.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el último recurso presentado por la defensa del médico Aníbal Rubén Lotocki, dejando de este modo firme y definitiva su condena a ocho años de prisión y diez años de inhabilitación especial para ejercer la medicina.
La resolución llevó la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes pusieron fin al recorrido judicial de una causa que tuvo una enorme repercusión pública por la gravedad de los hechos y el testimonio de las víctimas.
La resolución de la Corte Suprema
A través de un recurso de hecho presentado por la defensa de Lotocki, integrada por los abogados Claudio Adrián Lifschitz, Christian Andrés Pérez Sasso y José Luis Mariani, la representación del médico pretendía revisar la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal.
Sin embargo, el máximo tribunal declaró inadmisible la presentación directa mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN). Además, intimó a la parte recurrente a efectuar el depósito correspondiente, previsto en el artículo 286 del mismo cuerpo legal.
En un voto individual, el juez Ricardo Lorenzetti dejó asentado que la desestimación de una queja mediante el artículo 280 no implica “confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida”, en referencia a la doctrina establecida en el precedente “Vidal” (Fallos: 344:3156).
Esta decisión constituyó la cuarta intervención de la Corte Suprema en el expediente. Las dos primeras respondieron a planteos anteriores al juicio oral, mientras que la tercera estuvo vinculada con un cuestionamiento al fallo inicial, que fue desestimado por falta de sentencia definitiva.
Las víctimas y los hechos que la Justicia dio por probados
La causa judicial reunió las denuncias de cuatro pacientes: Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi, quienes atravesaron distintas intervenciones estéticas realizadas por Lotocki y denunciaron las graves consecuencias que sufrieron.
Durante el debate oral se acreditó que el médico colocó en el cuerpo de las pacientes un producto de relleno que contenía microesferas de polimetilmetacrilato (PMMA), en zonas anatómicas y proporciones prohibidas o no aconsejadas, lo que les ocasionó granulomas y severas lesiones en su salud.
Asimismo, la Justicia determinó que el profesional actuó de manera dolosa, al callar u ocultar intencionalmente información que estaba obligado a brindar a sus pacientes antes de someterlas a las intervenciones.
Los hechos acreditados corresponden a diferentes procedimientos:
- Pamela Sosa: fue intervenida en 2008, cuando Lotocki le aplicó PMMA.
- Silvina Luna: fue operada en 2011 mediante el mismo procedimiento no autorizado.
- Stefanía Xipolitakis: fue intervenida en 2014, cuando recibió una inoculación de polimetilmetacrilato.
- Gabriela Trenchi: había acordado la colocación de “hilos tensores” en los glúteos y una extracción localizada de grasa con plasma. Sin embargo, Lotocki le aplicó el relleno sintético de PMMA sin su consentimiento, provocándole graves secuelas orgánicas.
El caso de Silvina Luna fue, sin dudas, el más conmocionante. La modelo y actriz falleció el 31 de agosto de 2023, a los 43 años, después de atravesar durante años graves problemas de salud que incluyeron una insuficiencia renal y la necesidad de someterse a tratamientos de diálisis. Su deterioro físico, que ella misma había relatado públicamente, quedó asociado a las consecuencias de las intervenciones estéticas realizadas por Lotocki.
Silvina murió sin llegar a ver firme la condena contra el médico al que había denunciado, convirtiéndose en el rostro más doloroso de una causa que puso bajo la lupa los riesgos de las prácticas estéticas y la responsabilidad de quienes las realizan. Su fallecimiento también dio lugar a una investigación penal independiente para determinar las responsabilidades por su muerte.

De una condena de cuatro años a una pena de ocho: el recorrido judicial
El expediente atravesó distintas instancias judiciales, con apelaciones tanto de la defensa como de las acusaciones, hasta llegar a la decisión definitiva de la Corte Suprema.
En febrero de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28 condenó inicialmente a Lotocki a cuatro años de prisión por el delito de lesiones graves.
Posteriormente, tras las apelaciones formuladas por la fiscalía y las querellas, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación elevó la pena a ocho años de prisión y amplió la inhabilitación profesional de cinco a diez años, al concluir que el médico también había cometido el delito de estafa.
En abril de 2025, la Sala II de la Cámara Nacional de Casación confirmó íntegramente la condena a ocho años de prisión.
Finalmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó por inadmisible la queja presentada por la defensa, dejando firme la sentencia y cerrando esta etapa del proceso judicial.
Lotocki enfrenta otro juicio por la muerte de un paciente
Mientras la condena por lesiones graves y estafa quedó firme, Aníbal Lotocki enfrenta otro proceso judicial ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 17, donde está acusado por el homicidio de Christian Zárate, un paciente de 50 años que falleció en abril de 2021.
De acuerdo con la investigación judicial, Zárate había concurrido al Centro Médico Conde (CEMECO) para someterse a una cirugía programada de remoción de tejidos, consistente en una dermolipectomía con técnica TULUA y una liposucción en tórax, abdomen y pelvis.
Tras la intervención, el paciente sufrió severas descompensaciones y posteriormente un paro cardíaco que le provocó la muerte en el establecimiento.
Se trata de un expediente independiente, en el que todavía debe determinarse la responsabilidad penal del médico por el fallecimiento del paciente.
