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Crímenes del franquismo: instan a definir si un ex ministro puede ser juzgado en Argentina

La situación ante la Justicia argentina de un ex ministro español en la causa que investiga crímenes del franquismo en España abrió la puerta a un debate judicial sobre los criterios de aplicación del principio de «justicia universal» para juzgar crímenes de lesa humanidad.

En este caso concreto, tres jueces que integran la sala segunda de la Cámara Federal de la Ciudad de Buenos Aires acaban de confirmar que el ex ministro español Martín Villa debe seguir sujeto por ahora a la causa penal que se le sigue en los tribunales de Comodoro Py 2002 por crímenes a opositores en la llamada «transición» del país europeo y rechazaron sobreseerlo, como pretende su defensa.

Villa, de más de 90 años, está con falta de mérito en la investigación desde 2021, cuando el mismo Tribunal revocó un procesamiento que le había dictado la jueza del caso, María Servini.

Los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico avalaron ahora a la magistrada en su decisión de no desvincular al acusado para siempre del caso.

Pero en su resolución le encomendaron evaluar con premura si es aplicable en este caso puntual vinculado a la llamada «transición» española, el principio de «jurisdicción universal» y también si se trató de hechos de lesa humanidad, imprescriptibles.

Jurisdicción universal

La «cuestión medular» pasa por «tener por habilitada (o no) la jurisdicción universal, que sean aplicables (o no) las reglas de prescripción del derecho local,  que sean procedentes (o no) amnistías o indultos, etc».

Todo esto «acontece en relación a la pretensión de perseguir penalmente a un ciudadano español por hechos que damnificaron a nacionales españoles y producidos en el Reino de España» reflexionó la Cámara.

» Ya se ha dicho, aquí y en otros expedientes, que el ejercicio de jurisdicción universal en supuestos así supone lógicamente una tensión que se vincula a las relaciones entre los Estados en el orden jurídico internacional. Por ello, se trata de una facultad que debe ejercerse con suma prudencia», advierten los jueces

Ante este panorama y como la investigación de Servini abierta hace más de una década está en etapa de producción de prueba y es compleja por depender por ejemplo de la respuesta a exhortos internacionales, la «incertidumbre» sobre si la acusación se basa o no en la categoría de crimen de lesa humanidad deja por el momento como única alternativa confirmar la falta de mérito y que Villa siga ligado a la causa penal argentina.

Interrogantes centrales

«A falta de respuestas concluyentes sobre los interrogantes centrales que hacen a la calificación de orden internacional (que se alega) asignable a los hechos (que obviamente inciden en cualquiera de las pretensiones que realizó la defensa) y en el marco de una investigación en trámite activo –de complejidad indudable, por su magnitud y por las dificultades que encierra la cuestión territorial para el acceso a las pruebas-, es razonable el criterio que adoptó la jueza», explicaron los magistrados

Pero ello «no exime de la necesidad de extremar los esfuerzos para terminar de producir cuanto se estime pertinente en un plazo razonable, a los fines de adoptar un temperamento ajustado a la ley en tiempo oportuno»

El debate deberá incluir una reedición en lo vinculado a habilitar la «jurisdicción universal» sobre hechos del llamado «gobierno de la transición» en el posfranquismo.

 Contexto

La defensa del ex ministro español Villa pidió dictar el sobreseimiento en base a tres ejes: 

por prescripción de la acción penal; ( por insubsistencia de aquella por haberse traspasado un plazo razonable de enjuiciamiento; y por supuesta inexistencia de delito y de responsabilidad del imputado.

La Cámara Federal convocó a una audiencia, escuchó estos argumentos y los de las querellas. Luego resolvió confirmar la falta de mérito pero con la salvedad de instar a definir la situación.

 Imputado

El imputado ex funcionario español Rodolfo Villa ocupó diferentes cargos durante el franquismo  y se lo indagó por videoconferencia desde Argentina por cuatro asesinatos de opositores entre 1976 y 1978.

Las víctimas fueron Pedro Martínez Ocio, Romualdo Barroso Chaparro, Francisco Aznar Clemente y Germán Rodríguez Saiz, cuyos homicidios se perpetraron en la llamada «transición» española, el paso del franquismo a la democracia.

Quedó procesado en 2021 por orden de Servini pero la Cámara Federal revocó esa decisión y ordenó profundizar la pesquisa.

Cómo sigue

Ante esta decisión de la Cámara Federal, Servini tendrá que firmar una nueva resolución en la que defina y fundamente si considera que rige el principio de jurisdicción universal en el caso de Villa y, en ese contexto, si se trató de crímenes de lesa humanidad, que los tornarían imprescriptibles.

Esta última decisión habilitaría a seguir con el imputado sujeto a investigación. Caso contrario la magistrada debería dar respuesta al planteo de la defensa vinculado a la prescripción por el paso del tiempo sin ser juzgado en un plazo razonable.

FranQuisMo by revistaquorum2022

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