Por Gonzalo Iezzi y Mariano Varone*
Conducir bajo los efectos del alcohol es una de las principales causas de accidentes de tránsito en Argentina. Tanto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) como en la Provincia de Buenos Aires (PBA), las sanciones por manejar en estado de ebriedad son severas y pueden incluir multas, inhabilitaciones y hasta penas de prisión en casos graves.
Comenzando por la capital porteña, el límite permitido para conducir un automóvil particular es de 0,5 g/l de alcohol en sangre. Para motociclistas es de 0,2 g/l, y para conductores profesionales, 0,0 g/l.
Un test positivo de alcoholemia en CABA provoca la retención inmediata del vehículo y registro, dando intervención a la Dirección General de Administración de Infracciones (D.G.A.I.).
A su vez, si el resultado supera ampliamente el límite permitido, intervendrá la Fiscalía de turno donde se iniciará una causa contravencional en vistas al artículo 130 del Código Contravencional de CABA el cual establece que:
Quien conduce un vehículo con un nivel de alcohol en sangre igual o superior a un (1.0) gramo de alcohol por litro de sangre, o bajo la acción de otras sustancias que disminuyan la aptitud para hacerlo, es sancionado/a con multa de trescientas (300) a dos mil (2000) unidades fijas o uno (1) a diez (10) días de arresto. En todos los casos se aplicará conjuntamente la sanción de inhabilitación para conducir de cuatro (4) meses a dos (2) años.
Siguiendo por la Provincia de Buenos Aires, desde enero de 2023, se implementó la ley de «Alcohol Cero al Volante», lo que significa que cualquier cantidad de alcohol en sangre es motivo de sanciones, dando inmediata intervención a los Juzgados de Faltas provinciales. Así lo establece el articulo 28 ter de la ley 13.927 indicando que:
Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 (cero) miligramos de alcohol por litro de sangre.
A su vez, la Ley establece sanciones de: multas, inhabilitaciones para conducir de hasta 18 meses, la posibilidad de arresto, y la concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
En caso de encontrarse frente a un control de alcoholemia, debe tomarse en cuenta que:
Presunción. Los controles de alcoholemia son obligatorios, por lo que negarse a realizarlos implica una presunción de alcoholemia aplicándose sanciones equivalentes a superar el límite permitido, a excepción de la causa contravencional en CABA antes mencionada.
Pedir información. Por un lado, los conductores tienen derecho a verificar que los dispositivos cuenten con la correspondiente homologación periódica. Por el otro, en caso de que el test de alcoholemia arroje un resultado positivo, tienen derecho a solicitar una contraprueba para verificar la exactitud de los resultados.
Evitar conflictos. Evitar discusiones con los oficiales, ya que esto podría agravar la situación legal conforme indica el Código Penal en su articulo 239 (Desobediencia a la autoridad).
Consultar con un abogado: En caso de retención de licencia o vehículo, es recomendable asesorarse legalmente para conocer los pasos a seguir. Un abogado especializado en tránsito podrá guiarte sobre los pasos a seguir, las posibles sanciones y las opciones disponibles para recuperar tu documentación y vehículo en el menor tiempo posible.
* Los autores son especialistas en Defensa de Multas de Tránsito y Faltas Especiales, a cargo del área en Iezzi&Varone. Instagram: multas_transitoar.