La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los recursos presentados por las querellas en la causa por encubrimiento del atentado a la AMIA. En un fallo expedito publicado el 27 de febrero, el tribunal desestimó los pedidos de revisión de absoluciones y penas bajas, argumentando que eran “insustanciales o carentes de trascendencia”. Memoria Activa denunció que la decisión garantiza la impunidad de los responsables y demuestra el desprecio de la Justicia hacia las víctimas.
Contexto
El atentado contra la AMIA en 1994 dejó 85 muertos y más de 300 heridos. A lo largo de los años, la investigación estuvo plagada de irregularidades y encubrimientos que fueron denunciados por familiares de las víctimas y organismos de derechos humanos.
En el juicio por encubrimiento realizado en 2019, el ex juez Juan José Galeano, el ex jefe de la SIDE Hugo Anzorreguy y otros funcionarios fueron acusados de desviar la investigación mediante pagos ilegales y maniobras fraudulentas. Sin embargo, las condenas resultaron leves y varias absoluciones generaron indignación entre las querellas, que solicitaron su revisión.
Al darse a conocer la decisión de la Corte, firmada por los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti junto con los conjueces designados el 18 de febrero, Memoria Activa cuestionó que «se resolvió en sólo nueve días rechazar estos recursos sin un análisis detallado», amparándose en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Este artículo permite desestimar un recurso sin dar explicaciones, con el simple argumento de que no tiene trascendencia.
Cómo sigue
Con esta decisión, las únicas condenas firmes por el encubrimiento del atentado son las de Anzorreguy, con dos años y seis meses de prisión, y la de Carlos Telleldín, con un año y nueve meses. Debido a la levedad de las penas, ninguno cumplirá prisión efectiva.
Por otra vía judicial, aún quedan pendientes de resolución en la Cámara de Casación las condenas de otros acusados que pidieron su absolución, como Galeano, los ex fiscales Eamon Mullen y José Barbaccia, y el ex agente de la SIDE Patricio Finnen. Sin embargo, la imparcialidad del tribunal ha sido cuestionada, ya que dos de sus jueces fueron recusados por su cercanía con figuras políticas que intervinieron en la causa.
Memoria Activa criticó duramente la sentencia, señalando que la Corte Suprema cerró el caso sin analizarlo en profundidad y sin mencionar a las víctimas ni a la gravedad del encubrimiento. En su comunicado, la organización denunció que «para la Corte, un atentado terrorista, el desvío doloso de la investigación y que, incluso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos haya condenado al Estado argentino por encubrir son cuestiones ‘¡nsustanciales o carentes de trascendencia'».
Asimismo, sostuvo: «¿No les pica ni un poco la vergüenza de no haberse tomado el tiempo de escribir un fallo como corresponde, sino publicar uno con tan sólo una cita copiada del Código Procesal? Más que intrascendencia, la sentencia emana desprecio hacia las víctimas, hacia la sociedad, y hacia la justicia. El silencio aturde y los motivos, repugnan. Después de 30 años e infinitas esperas, queda claro que la (in)Justicia argentina sólo es rápida para garantizar la impunidad, aquella que le es propia por no ser capaz de juzgarse a sí misma. En este laberinto de obstáculos, nosotros, al menos, tenemos la certeza de haber seguido el camino justo y de haberlo intentado hasta el final. Por el contrario, a los funcionarios inescrupulosos que tanto han hecho por evitar garantizar nuestro derecho a la verdad y a la justicia, a ellos la vergüenza los acompañará siempre».
