Tras el fallo de la Corte, ordenan la detención de Lascurain para que cumpla su condena por peculado

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 7 emplazó a los condenados en la causa por el desvío de fondos de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) a presentarse en el lapso de cinco días hábiles para cumplir la condena a cuatro años de prisión que fue ratificada por la Corte Suprema.

La intimación alcanza al empresario Juan Carlos Lascurain, ex titular de la Unión Industrial Argentina (UIA), al asesor Juan Marcelo Vargas y al ex interventor de YCRT Atanacio Pérez Osuna y fue dictada tras el rechazo por parte de la Corte de los recursos de queja planteados por las defensas y el Ministerio Público.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 tuvo por acreditado en noviembre de 2019, que entre el 30 de noviembre y el 9 de diciembre de 2015, en los días del cambio del gobierno de Cristina Kirchner al de Mauricio MAcri, YCRT transfirió a la empresa FAINSER S.A. 50 millones de pesos mediante tres cheques, bajo la apariencia de un anticipo por la construcción de siete kilómetros de la “Avenida de los Mineros” entre Río Turbio y la localidad de 28 de noviembre.

La obra nunca se realizó y por eso la fiscalía sostuvo que los fondos “salieron de la esfera de custodia del Estado Nacional e ingresaron al giro económico de la empresa beneficiaria” sin causa jurídica válida.

FAINSER pertenecía a Lascurain, quien reconoció en el juicio haber cobrado el anticipo y dijo haberlo destinado a contratación de personal y puesta en marcha de la obra. Pérez Osuna sostuvo que “hubo una decisión política de este gobierno (el de Macri) de no querer hacer esta obra”.

Las condenas

Por esos hechos, el TOCF 7 -integrado por los jueces Germán Castelli, Enrique Méndez Signori y Fernando Canero– condenó a Pérez Osuna, Lascurain y Vargas a cuatro años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua por el delito de peculado, y ordenó la restitución de los cincuenta millones más los intereses devengados desde diciembre de 2015. La condena del cuarto imputado, Pérez Osuna, ya había quedado firme en 2021 por defectos formales en la presentación del recurso.

Lascurain estuvo preso en el marco de la causa Cuadernos que juzga este mismo tribunal, donde está acusado de un caso de cohecho activo. Por su edad, setenta y nueve años, consiguió el beneficio de la prisión domiciliaria pero está sujeto al proceso. Por el mismo motivo, es probable que sus abogados soliciten que en el caso de la condena firme por Río Turbio, no se lo envíe a la cárcel.

En 2023, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal -con la firma de los jueces Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques- confirmó las condenas de Lascurain y Vargas, absolvió a Larregina y dejó sin efecto la obligación de restitución patrimonial respecto de Vargas, aunque mantuvo su condena penal.

Lo que viene

Con la sentencia firme, la fiscal General Fabiana León presentó un escrito ante el TOCF 7 solicitando la ejecución inmediata: detención de los tres condenados, cómputo de penas, ejecución de las inhabilitaciones y liquidación del monto a restituir con intereses. Sin embargo, el tribunal prefirió darles cinco días hábiles para presentarse por sus propios medios.

En cuanto a la restitución económica, la fiscalía pidió que la ejecución patrimonial se orientara “de manera principal y efectiva” contra FAINSER S.A., dado que fue esa empresa la que incorporó los fondos a su giro comercial.

Esta es la primera causa de Río Turbio que llega a condena firme. Resta la realización del juicio oral por el desvío de fondos destinados a obras en la mina de carbón -investigación por la que Julio De Vido perdió sus fueros en 2017-, que involucra al menos 264 millones de pesos y aún no tiene fecha de debate.

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