Causa Seguros: la Justicia respalda embargos de comisiones. Qué implica para los brokers investigados

La Cámara Federal de Casación Penal avala embargos preventivos de comisiones a brokers implicados en el escándalo de la causa Seguros, que tiene como acusado al ex presidente Alberto Fernández.

Se trata ahora de una nueva decisión que desestimó el reclamo de uno de estos intermediarios en la gestión de pólizas de Nación Seguros para organismos públicos

Lo que importa

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió declarar inadmisible el recurso presentado por la defensa de dos imputados Oscar Alberto Castello y Ernesto Mercuri, integrantes de Castello Mercuri S.A., y confirmó el embargo preventivo sobre comisiones vinculadas a la contratación de seguros del sector público.

La medida se enmarca en la conocida “causa seguros”, donde se investiga un presunto esquema de intermediación irregular en contrataciones realizadas a través de Nación Seguros S.A. bajo el Decreto 823/2021, dictado durante el gobierno de Alberto Fernández.

Según se indica en la resolución, “el objetivo de esta medida es el poder garantizar los derechos del Estado Nacional, parte damnificada por las maniobras investigadas (…) y también establecer el patrimonio producido por la comisión de los delitos, a fin de impedir el aprovechamiento y administración del provecho de los mismos”.

Contexto

El Decreto 823/21 obligó a los entes públicos a contratar seguros mediante Nación Seguros, con la posibilidad de incluir coaseguradoras privadas. Esa normativa habría derivado, según la hipótesis fiscal, en designaciones direccionadas de brokers y organizadores, entre ellos Castello Mercuri S.A., que “pasaron a percibir más del 87% del monto abonado por ‘Nación Seguros S.A.’ por las comisiones de las pólizas emitidas”, según consta en el auto de indagatoria.

El recurso rechazado cuestionaba la legalidad del embargo por considerarlo una medida excesiva sin procesamiento firme. La defensa argumentó que “el embargo vulnera el principio de inocencia y las garantías del debido proceso, ya que se dispuso sin una justificación jurídica adecuada”.

Sin embargo, los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo desestimaron el planteo. En palabras de Borinsky: “la defensa no ha podido acreditar que el caso presente el requisito de sentencia equiparable a definitiva (…) ni ha demostrado el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior”.

Además, el tribunal reiteró que la medida fue considerada razonable en instancias previas y “responde a circunstancias concretas del caso y a la necesidad de evitar perjuicios a la investigación y a la recuperación de activos”.

Cómo sigue

La causa, que ya tuvo 39 personas citadas a indagatoria, entre ellas Alberto Fernández, se encuentra en una etapa clave: concluyeron los actos de defensa y se espera que el juez federal Sebastián Casanello defina las situaciones procesales. En este contexto, el embargo fue visto como una herramienta para impedir que “los supuestos eventos ilícitos rindan frutos”.

No obstante, los jueces remarcaron el carácter provisorio de la medida: “Se trata de una medida provisional por naturaleza, que –por ende– es revisable frente al devenir que tenga la causa”. Esto implica que si los imputados demuestran su ajenidad, los embargos podrían ser levantados.

La decisión de Casación refuerza el precedente judicial que sostiene la legalidad y razonabilidad de los embargos preventivos sobre las comisiones involucradas en la investigación. En ese sentido, también afecta a otras firmas mencionadas como Héctor Martínez Sosa y Compañía S.A., TG Brokers, San Ignacio Sociedad de Productores Asesores de Seguros y Bachellier S.A.

Noticias relacionadas

Suscribite a nuestro newsletter

Para estar actualizado de las últimas noticias, informes especiales y recibir las ediciones digitales antes que nadie!

Noticias de última hora