El Tribunal Oral Federal N° 2 de Salta ordenó que Jorge Enrique Prado cumpla su condena de seis años y medio en una unidad penitenciaria. La Corte Suprema ya había dejado firme la sentencia.
El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta revocó la prisión domiciliaria del ex intendente de Aguaray, Jorge Enrique Prado, condenado en 2021 a seis años y seis meses de prisión por su responsabilidad en el robo de 228 caños del Gasoducto del Noreste Argentino (GNEA). La medida había sido impuesta de forma transitoria, pero con la sentencia ya firme, el tribunal ordenó su traslado al Complejo Penitenciario Federal NOA 3, en General Güemes, una vez que se confirme el cupo disponible.
En un fallo unánime, los jueces Domingo Batule, Gabriela Catalano y Alejandra Cataldi coincidieron con el planteo de la fiscalía federal, representada por Eduardo Villalba y Roxana Gual, y rechazaron los argumentos de la defensa, que buscaba mantener el beneficio de la prisión domiciliaria alegando que Prado “es el sostén económico de su familia y tiene un hijo con discapacidad”.
“¿Acaso ahora también lo verán irse a su casa, como si nada sucedió?”, se preguntó el fiscal durante su exposición, remarcando la gravedad del delito cometido por quien era jefe comunal en funciones al momento del hecho. Según el Ministerio Público Fiscal, la maniobra de saqueo afectó a una obra pública de interés nacional que se encontraba en un 80% de avance y que había sido proyectada para beneficiar a más de 1,7 millones de personas.

El tribunal consideró que no se acreditó una situación de excepción que justifique mantener la prisión domiciliaria, ya que los informes interdisciplinarios indicaron que el niño mantiene una fuerte vinculación con su madre, quien está a cargo de sus cuidados junto a otros familiares. Además, se acreditó que Prado vivía en Aguaray de lunes a viernes por razones laborales, lo que contradecía el argumento de “apego”.
Pese a rechazar el pedido, los jueces valoraron su rol como proveedor económico y dispusieron medidas para que pueda seguir trabajando de forma remota desde prisión, tal como lo permite la Ley 24.660 de ejecución penal.
El caso
Los robos ocurrieron entre diciembre de 2019 y abril de 2020 en las localidades Tartagal, General Mosconi y Aguaray. El gasoducto fue desmantelado en parte a través de camiones que transportaban los caños robados. La investigación se inició a partir de las denuncias de vecinos que vieron pasar los camiones con el material sustraído.
El juicio se realizó entre junio y diciembre de 2021. Además de Prado, fueron condenadas otras cuatro personas, entre ellas empresarios contratistas.
Diego Alos, dueño de OSYPSA SA, recibió una pena de seis años de prisión por defraudación a la administración pública y robo agravado en despoblado y en banda; Adrián Vera, dueño de Vera SA, tres años y ocho meses de prisión por robo agravado en despoblado y en banda; Andrés Ayala, gerente de PERTESER SRL dos años y seis meses de prisión condicional por robo en despoblado y en banda; Matías Rossi, titular de COMARFIL S.A. recibió un año de prisión condicional por encubrimiento de un bien de procedencia ilícita, agravado por ánimo de lucro.
Además, fueron absueltos otros imputados, entre ellos Fredy Marcelo Céspedes (exsecretario de Hacienda de Aguaray), Dante Rodríguez, y tres empresarios más por falta de pruebas o beneficio de la duda, en algunos casos a pedido de la propia fiscalía.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena de Prado el pasado 30 de abril, y la notificación fue confirmada el 15 de mayo, lo que habilitó al tribunal salteño a ejecutar la pena de forma efectiva.
