Del padrinazgo presidencial a la TV color: qué leyes elimina la “Ley Hojarasca” aprobada en Diputados

El proyecto, conocido como Ley Hojarasca, obtuvo media sanción en la Cámara baja tras una negociación que obligó al oficialismo a introducir cambios clave antes de abrir la discusión en el Senado.

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó y ya giró al Senado el proyecto de Derogación de Legislación Obsoleta, la iniciativa parida por el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger y que el Poder Ejecutivo denominó “Ley de Hojarasca”.

El texto propone una poda sistemática del ordenamiento jurídico argentino para eliminar leyes que el Gobierno califica como inútiles, restrictivas o superadas por el tiempo. Bajo esta reforma el Ejecutivo busca impregnar el marco legislativo de la impronta de la gestión.

El fin del “máximo control” estatal

Con el proyecto de ley el Gobierno no sólo busca derogar normativas; sino que plantea su intención de establecer un nuevo punto de partida filosófico para la relación entre el ciudadano y el Estado. En sus fundamentos, el Ejecutivo sostiene que “los derechos no requieren leyes” para existir. El texto critica con dureza las corrientes intervencionistas del siglo XX que impusieron la idea de que un derecho nace solo cuando una ley lo otorga. Según los fundamentos del proyecto, esa visión transformó la libertad plena en una “libertad concedida y limitada por el poder de turno”.

Dentro de esa lógica argumental y para revertir esta lógica, el artículo 1° de la iniciativa deroga de forma masiva más de 60 leyes y decretos-ley. El Gobierno explica esta decisión en la necesidad de eliminar toda legislación que genera costos innecesarios o que resulta “claramente violatoria de los principios constitucionales”. Asimismo, refuerza su postura con un antiguo proverbio: “Cuantas más leyes menos justicia”. Bajo este enfoque, la reforma invoca el artículo 19 de la Constitución Nacional para recordar que, para los individuos, “todo está permitido, salvo lo expresamente prohibido”.

Un eje central del cambio es la eliminación de leyes que afectan las libertades individuales, muchas de ellas con raíces en gobiernos militares. Como ejemplo basta señalar la salida de vigencia de la Ley 20.120, la cual autoriza a la policía a ingresar en reuniones privadas para supervisarlas.

Desburocratización y actualización tecnológica

El proyecto también ataca la “hojarasca” burocrática que obstaculiza la actividad económica. En este sentido, los artículos 3° y 4° reforman la Ley 22.426 de Transferencia de Tecnología. Si se avanza en su sanción definitiva, el registro de contratos de transferencia de tecnología ante el Estado tiene un carácter puramente “informativo”. Esta modificación elimina la aprobación estatal obligatoria, la cual el Gobierno considera una “seria violación a la libertad de contratar y comerciar”.

En la misma línea, el artículo 5° simplifica la Ley de Carta (Ley 22.963). Con este cambio, el Instituto Geográfico Nacional ya no debe autorizar cada mapa que un privado incluya en sus productos, como sucede actualmente con las etiquetas de vino. El proyecto califica este requisito como una “injerencia excesiva” que genera costos innecesarios para el productor y el Estado.

Además, el artículo 1° da de baja leyes que el avance tecnológico dejó atrás. Por caso, las que regulan el uso de microfilmación para archivos oficiales (Leyes 18.569 y 20.114) o la que autoriza las transmisiones de televisión a color (Ley 21.895). También desaparece el premio en metálico para quien descubra minas de carbón (Ley 448), ya que el Estado busca ahora “descarbonizar la economía”.

Resguardo de derechos y destino del ahorro fiscal

Pese a la derogación masiva, la ley incluye una salvaguarda de derechos adquiridos. El artículo 2° aclara que las personas que hoy reciben beneficios de la Ley 20.843 (Padrinazgo Presidencial) “podrán optar por seguir manteniendo sus beneficios”. El Gobierno busca derogar esta norma por considerar que la gratuidad educativa ya es general, pero decide respetar las prestaciones vigentes para evitar perjuicios individuales.

Finalmente, el artículo 7° asegura que el proceso de desregulación impacte en las cuentas públicas. La norma ordena que todas las partidas presupuestarias que financiaban la ejecución de las leyes ahora eliminadas o modificadas “serán transferidas al Tesoro de la Nación”.

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