Anulan el sobreseimiento del piloto que aterrizó en un campo de polo en Pinamar

La Cámara Federal de Casación Penal ordenó revisar el caso tras considerar que el aterrizaje imprudente durante un evento deportivo pudo haber puesto en riesgo la seguridad común. El imputado había descendido con su hijo y un amigo para asistir a un cumpleaños.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anuló el sobreseimiento al piloto imputado por aterrizar un helicóptero sin autorización sobre una cancha de polo del barrio privado “La Herradura” en Pinamar. Ahora, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata deberá dictar una nueva resolución.

El fallo de Casación, firmado por los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Alejandro Slokar, hace lugar al recurso interpuesto por el fiscal general Daniel Adler, apoyado por su par ante Casación Raúl Pleé, y ordena que se emita un nuevo pronunciamiento que contemple todas las conductas previstas en el artículo 190 del Código Penal. Dicha norma establece penas de hasta ocho años de prisión para quien, “a sabiendas ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una aeronave”, con agravantes si hay consecuencias sobre bienes o personas.

Según la investigación, el hecho ocurrió el 12 de febrero de 2019. Un helicóptero blanco, con la leyenda “Patagonia Flooring”, aterrizó en pleno partido de polo ante la vista de numerosas personas. El intendente del barrio privado presentó la denuncia y la causa quedó radicada en el Juzgado Federal de Dolores, a cargo de Martín Bava, con instrucción del fiscal Juan Pablo Curi.

La investigación determinó que el piloto realizó la maniobra para llevar a su hijo y a un amigo a un cumpleaños. Por ello, fue procesado por vuelos peligrosos conforme al Código Aeronáutico. No obstante, la Cámara Federal de Mar del Plata revocó el procesamiento y dictó la falta de mérito. Más tarde, la defensa logró un sobreseimiento al plantear que la conducta no encuadraba penalmente.

El helicóptero que aterrizó en el campo de polo el 12 de febrero de 2019 tenía la leyenda “Patagonia Flooring”.

Esa decisión motivó el recurso del fiscal Adler, quien advirtió que la resolución partía “de una premisa equivocada”, al entender que el tipo penal exigía riesgo exclusivo sobre la aeronave. Para el Ministerio Público, el aterrizaje fue un “accionar imprudente y desaprensivo” que puso en peligro tanto la aeronave como a terceros y sus bienes.

Y Casación coincidió. El juez Petrone subrayó que la Cámara marplatense omitió valorar aspectos clave del caso, como la presencia de dos pasajeros ajenos al piloto, “lo cual puede configurar uno de los elementos del tipo penal previsto en el artículo 190”. También señaló que el fallo se limitó a examinar los riesgos hacia terceros o animales, sin ponderar adecuadamente la integridad de quienes estaban dentro del helicóptero.

“Sin abrir juicio en esta inspección casatoria acerca de la interpretación que corresponde dar al tipo penal discutido en el presente caso (Art. 190 del CP) y a la concurrencia de los elementos típicos del mismo, es la propia cámara la que establece una premisa y, a los fines de su escrutinio en el caso, omitió efectuar consideración alguna acerca de uno de los elementos por ella señalados como determinante para la adecuación jurídica de la conducta al tipo penal en cuestión”, sostuvo Petrone.

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