La Cámara Criminal y Correccional de 7° Nominación de Córdoba reveló este miércoles los fundamentos que sostienen la condena a la enfermera Brenda Agüero por el homicidio de cinco bebés y el intento de matar a otros ocho en el Hospital Neonatal.
El 18 de junio pasado la enfermera Brenda Agüero fue condenada a prisión perpetua por haber causado la muerte de cinco bebés y haber intentado asesinar a otros ocho recién nacidos en el Hospital Materno Neonatal de Córdoba. Casi un mes después, finalmente el tribunal dio a conocer los fundamentos de una sentencia histórica.
El voto mayoritario fue redactado por José Daniel Cesano, acompañado por Laura Huberman y cuatro miembros del jurado popular. “No hay ningún obstáculo para alcanzar la certeza en base a prueba indirecta”, fundamentó el camarista. Y detalló una secuencia de indicios “unívocos” que permitieron al tribunal alcanzar la convicción sobre la autoría de Agüero en los trece episodios investigados.
Entre esos elementos, el fallo destaca que la enfermera fue la única persona presente en los días en que ocurrieron los hechos, que tuvo contacto directo con los bebés en once de los 13 casos, y que en varias oportunidades dio aviso de descompensaciones incluso antes de que se manifestaran visiblemente.
Además, resaltaron que hallaron en su botiquín ampollas de potasio y lapiceras de insulina que no debían estar disponibles en ese lugar ni en ese formato. El tribunal también valoró su perfil psicológico, con rasgos narcisistas y omnipotentes, y subrayó que los ataques cesaron cuando Agüero dejó de asistir al hospital. Finalmente, mencionó que, al saberse sospechada, expresó su intención de mudarse a otra provincia.

“Esta pluralidad de indicios permite destruir el principio jurídico de inocencia (…) y me autorizan a sostener, más allá de toda duda razonable, que la autora de los trece sucesos fue Brenda Cecilia Agüero”, concluyó el voto de mayoría.
Pero la decisión no fue unánime. Cuatro jurados populares votaron por la absolución, y su razonamiento fue redactado por la presidenta del tribunal, Patricia Soria, cumpliendo lo que indica la Ley de Jurados Populares. Según esa minoría, la prueba sobre algunos hechos no existía y en otros no se logró demostrar la participación de la acusada. Pusieron especial atención en el hecho de que la inyección intramuscular de potasio debería dejar marcas visibles, pero sólo en un caso se observó una lesión compatible con ese procedimiento. “¿Cómo se explica que en el resto de los casos no haya rastros clínicos ni marcas compatibles con tal método?”, plantearon.
Además de Agüero, el tribunal encontró penalmente responsables a cinco exfuncionarios: Liliana Asís, Alejandro Escudero Salama, Martha Gómez Flores, Adriana Moralez y Pablo Carvajal. El fallo sostiene que todos ellos conocieron el carácter delictivo de los hechos y decidieron ocultarlos. El conocimiento de la situación por parte de estos actores -desde mayo en el caso de Asís, Escudero Salama y Gómez Flores, y desde el 7 de junio en el caso de Carvajal- fue central para sostener la figura de encubrimiento agravado.
En contrapartida, el ex ministro de Salud Diego Cardozo fue absuelto por mayoría, pese a que los jueces técnicos habían votado por su condena. La mayoría del jurado popular -ocho votos contra dos- consideró que Cardozo, al tomar conocimiento de los hechos, actuó de forma inmediata y concreta: ordenó la intervención del hospital, apartó a los sospechados, inició sumarios y promovió una denuncia penal. “Una vez impartidas las directivas, no volvieron a suceder hechos en el hospital”, indicaron los jurados.
El fallo también reconoció que los hechos ocurrieron en un marco de violencia institucional ejercida por el Estado, especialmente en perjuicio de las madres y bebés afectados. “En uno de los momentos en donde se verifica una mayor vulnerabilidad de la mujer, se afecta a su bebé con bárbaros ataques y se le oculta lo sucedido”, señala la sentencia. Y denuncia una cadena de malas prácticas, desinformación e indiferencia por parte del sistema de salud: “Todo esto ocurre y tiene como protagonistas a agentes públicos de un nosocomio a donde aquéllos depositaron toda su confianza”.
La sentencia cierra con párrafos dirigidos a las víctimas. A los niños sobrevivientes, el camarista Cesano les dice: “Cuando ustedes eran bebés, con apenas unas horas de vida, una enfermera intentó matarlos. Hoy, quien les hizo ese tremendo daño, ha sido condenada”. A los padres de los bebés fallecidos, el tribunal les reconoce: “Frente a tan terrible dolor, nada –ni el propio Derecho– les puede reparar su quebranto. Sin embargo, esperamos que con este frío proceso en donde se trató de llegar a la verdad –que no es consuelo de nada– puedan, no obstante, comenzar a transitar su duelo”.
