Perpetua por abrir la puerta para que asaltaran y asesinaran a jubilada que la empleaba

Una mujer deberá cumplir condena a prisión perpetua por haber asesinado junto a un cómplice a una jubilada para robarle todos sus ahorros. La mujer solía realizar tareas de limpieza en la casa de la anciana. Así lo decidió la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al dejar firme la condena y rechazar los argumentos de la defensa que buscaba aliviar su acusación y reclamaba ser juzgada con perspectiva de género.

“Sólo abrió la puerta”, argumentó su defensa.

Todo ocurrió en la provincia de La Pampa. En la noche del 31 de octubre de 2018, Felisa Acevedo, de 86 años, fue sorprendida en su casa y golpeada violentamente con una barreta de hierro. Según sostuvo el Ministerio Público Fiscal en el juicio, el otro acusado Pablo Daniel O’Lery trasladó a Melody Cecilia Martínes desde su domicilio hasta el departamento de la víctima.

La mujer ingresó porque había acordado ir a hacer tareas de limpieza por hora. Una vez allí, abrió una puerta lateral para que su cómplice pudiera entrar. Ambos acusados, sostuvo la fiscalía, golpearon a la anciana al menos cuatro veces en la cabeza con una barreta, con un fierro tipo sacaclavos, elemento que también habían llevado los agresores y que dejaron tirado en el lugar.

La mujer quedó gravemente herida, tirada en el suelo. La pareja, entonces, revisó la vivienda en busca de todo el dinero que hubiera. Escaparon en auto. Dos días después, el 2 de noviembre de 2018, la nieta de Acevedo se acercó a la casa y encontró todo revuelto y a su abuela desvanecida en el piso envuelta en sangre. Gravemente herida, fue llevada al hospital donde estuvo internada en terapia Intensiva hasta que falleció veinte días después.

Prisión perpetua

Para esa altura, Melody y su pareja ya habían sido detenidos. Tras el fallecimiento de la víctima, la acusación en su contra se agravó a homicidio criminis causa.

La fiscalía pidió para ambos prisión perpetua.

“Acá no falló el Estado, ni falló la sociedad; ya que la propia víctima les dio la posibilidad de ganarse el sustento propio”, al emplear a Martines para tareas domésticas, “y la desaprovecharon”, dijo el fiscal Facundo Bon Dergham, al pedir la condena en el juicio oral

Las defensas, en cambio, reclamaron que se les impartiera 10 años de prisión, la pena mínima que prevé el artículo 156, referido a quien con motivo u ocasión de robo termine cometiendo un homicidio.

La Audiencia de Juicio de Santa Rosa resolvió condenarlos a ambos a prisión perpetua por homicidio criminis causa. La Sala B del Tribunal de Impugnación confirmó el pronunciamiento.

La defensa de Melody Martines impugnó la decisión. Llegó a la Corte Suprema de Justicia con un recurso de queja al sostener que la decisión era arbitraria y que se había vulnerado su derecho de defensa en juicio y el principio de inocencia.

Aseguró que ella no era coautora del crimen, sino sólo una partícipe secundaria: afirmó que lo único que la acusada hizo fue dejar abierta la puerta de la vivienda de la víctima para que entrara su cómplice. Aseguró además que estaba siendo amenazada y pidió que se analizara su caso bajo perspectiva de género.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la presentación por considerarla inadmisible, según el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

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