La Corte Suprema de Justicia rechazó este jueves un nuevo recurso presentado por la defensa de Julio De Vido que buscaba retrotraer la decisión del máximo tribunal y dejar sin efecto la condena a cuatro años de prisión dictada por su responsabilidad en la tragedia ferroviaria de Once. Con esta resolución, el expediente queda definitivamente cerrado y habilitado para la ejecución de la pena.
El 11 de noviembre, la Corte había dejado firme la condena por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, al considerar al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido partícipe necesario en el desvío de los fondos asignados al mantenimiento y operación de Trenes de Buenos Aires (TBA), concesionaria del servicio del Sarmiento. Aquella decisión derivó en la orden de detención dispuesta por el Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4).
Sin embargo, los abogados defensores, Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, interpusieron luego un recurso de reposición –al que calificaron como revocatoria in extremis– alegando un error grave y consecuencias de extrema trascendencia institucional, entre ellas la ejecución de una pena que, insistieron, ya no podía aplicarse por prescripción. El planteo buscaba la nulidad del fallo que había puesto punto final a las discusiones.
La respuesta del tribunal fue tajante. En una resolución firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte recordó que sus fallos no pueden ser revisados por vías extraordinarias salvo ante errores “serios e inequívocos”, algo que consideró inexistente en este caso. “Se desestima el planteo formulado. Notifíquese y estese a lo oportunamente resuelto”, concluye el texto.
Un recorrido judicial que llevó más de una década
La tragedia de Once ocurrió el 22 de febrero de 2012 y causó 52 muertos y más de 700 heridos. Tres años después, el Tribunal Oral Federal Nº 2 condenó al maquinista Marcos Córdoba, a ex directivos de TBA y a los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi. Allí se ordenó profundizar la investigación hacia el Ministerio de Planificación que conducía De Vido, responsable de la supervisión y control del sistema ferroviario.
En 2018, el TOF 4 condenó al ex ministro a cinco años y ocho meses de prisión por administración fraudulenta, pero lo absolvió por estrago culposo, delito vinculado directamente con las muertes. El fallo afirmó que hubo una cadena de responsabilidades operativas previas, aunque remarcó la falta de control desde el Ministerio sobre el destino de los fondos públicos.
La Cámara de Casación confirmó esa sentencia. Sin embargo, a partir de los recursos posteriores, la Corte Suprema realizó una primera intervención clave: dejó firme la absolución por estrago, pero pidió que se revisara el monto de la pena en función del nuevo encuadre legal, dado que la condena resultaba más alta que la de imputados que también habían recibido sanción por las muertes.
El caso regresó entonces a Casación, que redujo la pena a cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua. Aquella decisión fue recurrida tanto por la defensa como por la fiscalía, pero el 11 de noviembre la Corte rechazó ambos planteos mediante el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cerrando definitivamente la discusión.
El rechazo del recurso de reposición presentado esta semana confirma ese desenlace y despeja el camino para la ejecución de la condena. A casi trece años del choque, la causa vuelve a escribirse en clave final, sin margen para nuevas objeciones procesales.
De Vido, que ya se encontraba condenado en otras investigaciones, suma así una sentencia firme en uno de los expedientes más emblemáticos de la última década: el que marcó, con 52 vidas truncadas, una fractura histórica en el sistema ferroviario argentino y en la gestión del transporte público durante los gobiernos kirchneristas.
