El máximo tribunal rechazó el último planteo de la defensa de María Ovando por incumplimientos formales y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Penal Nº1 de Eldorado.
La causa que investiga la responsabilidad penal de una mujer por los abusos sexuales sufridos por integrantes de su propio núcleo familiar llegó a su fin. Es que la Corte Suprema de Justicia de la Nación finalmente dejó firme la condena a 20 años de prisión dictada en su contra por haber facilitado los ataques contra su hija y su nieta en la provincia de Misiones.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso presentado por la defensa de María Ovando por razones formales. Según consta en la resolución, la Secretaría Penal del tribunal había intimado a la parte recurrente a cumplir con los requisitos establecidos en la acordada 13/90, entre ellos la consignación de datos mínimos de identidad de la persona defendida, exigencia que no fue cumplida.
Con ese pronunciamiento, el máximo tribunal dejó firme la condena impuesta por el Tribunal Penal N°1 del departamento de Eldorado, que había considerado a Ovando partícipe necesaria del delito de abuso sexual. Esa sentencia ya había sido confirmada por las instancias superiores de la justicia misionera.

La causa tuvo su origen cuando una jueza de Familia de Eldorado resolvió quitarle la tenencia de sus hijos al advertir una situación de abandono y dispuso que quedaran al cuidado de una abuela paterna. Poco tiempo después, esa mujer se presentó en tribunales para denunciar que una de las hijas de Ovando le había relatado abusos reiterados ocurridos en la vivienda que compartía con su madre y sus hermanos. En el mismo contexto, también se indicó que una nieta de Ovando había sido víctima de hechos similares.
Según la acusación, los abusos fueron cometidos por un menor de 17 años que mantenía entonces una relación de pareja con Ovando y por un amigo de este, ambos condenados en el mismo proceso. La investigación determinó además que la menor habría intentado pedir ayuda a su madre, quien le habría respondido que dejara de mentir.
Durante el juicio, la defensa sostuvo que las niñas habían sido inducidas a realizar esos relatos, denunció hostigamiento judicial y cuestionó la falta de perspectiva de género en el abordaje del caso. Esos planteos fueron descartados por los tribunales intervinientes.
Ovando ya había sido una figura central de otro proceso judicial de fuerte repercusión pública, cuando fue detenida, juzgada y finalmente absuelta por la muerte de una hija desnutrida, a quien había enterrado en la selva en 2011. Con la resolución de la Corte Suprema, la condena a 20 años de prisión por el actual caso quedó definitivamente firme.
