El Superior Tribunal de Justicia de Chubut declaró nulo el jury que había removido a Mariel Suárez tras la difusión de imágenes junto a un detenido condenado prisión perpetua. Los jueces concluyeron que el proceso estuvo viciado por la falta de imparcialidad de quien presidió el Tribunal de Enjuiciamiento.
La jueza penal Mariel Suárez, protagonista de uno de los mayores escándalos judiciales de los últimos años en la provincia de Chubut tras ser filmada presuntamente besando a un condenado a prisión perpetua, volverá a ocupar su cargo. Es que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) anuló por unanimidad el proceso que había terminado con su destitución y ordenó su inmediata reincorporación a la magistratura.
La decisión revocó la sentencia dictada en noviembre de 2023 por el Tribunal de Enjuiciamiento, cuando por mayoría de tres votos contra dos había considerado que la magistrada incurrió en mal desempeño y dispuso su remoción.
El caso se remonta a fines de 2021 y comienzos de 2022. Por entonces se difundieron imágenes de cámaras de seguridad del Instituto Penitenciario Provincial que mostraban a Suárez durante una visita a Cristian Omar Bustos, condenado por el asesinato de un policía y de su propio hijo en Corcovado. La polémica creció porque la magistrada había integrado el tribunal que juzgó a Bustos y había sido la única integrante que votó en disidencia respecto de la calificación legal del hecho.
Las imágenes exhibían a ambos compartiendo una conversación en el penal y derivaron en una investigación administrativa, denuncias ante el Consejo de la Magistratura y finalmente un jury que concluyó con la destitución de la jueza.

Garantía de imparcialidad
Sin embargo, el STJ sostuvo ahora que la discusión central no pasa por la conducta de Suárez sino por la validez constitucional del procedimiento utilizado para removerla. El fallo pone el foco en la actuación del entonces ministro del Superior Tribunal Daniel Báez, quien ordenó el sumario administrativo, realizó declaraciones públicas sobre el caso y luego presidió el Tribunal de Enjuiciamiento que terminó juzgando a la magistrada.
Según el voto principal, esas intervenciones previas comprometieron la garantía de imparcialidad. Los jueces recordaron que el propio Báez había calificado públicamente el episodio como “una situación excepcional que llama mucho la atención” y había afirmado que en sus “treinta años” en la Justicia no había visto un caso similar. También señalaron que manifestó que la investigación avanzaría “hasta las últimas consecuencias”.
Para el Superior Tribunal, esas expresiones configuraron una exteriorización anticipada de opinión incompatible con la función que luego desempeñó como integrante y presidente del jury.

“La participación de un juez objetivamente inhabilitado por afectación de la garantía de imparcialidad no configura un defecto subsanable: compromete la validez misma del proceso”, sostiene el fallo. Y agrega que “la continuidad del proceso bajo la presidencia de quien se encontraba objetivamente alcanzado por una causal de apartamiento comprometió de modo directo la garantía constitucional de ser juzgado por un tribunal imparcial”.
Los magistrados remarcaron además que la garantía de imparcialidad posee una dimensión objetiva que no depende de las intenciones personales del juez. En ese sentido afirmaron que “no se trata de presumir un prejuicio subjetivo, sino de constatar la existencia de datos verificables que comprometían la apariencia de neutralidad exigible”.
Con esos argumentos, el STJ declaró la “nulidad absoluta” de todo el procedimiento de enjuiciamiento y de la sentencia que dispuso la destitución. La resolución señala expresamente que los efectos de un acto inválido “no pueden consolidarse por el transcurso del tiempo ni por actos posteriores”. Por esa razón ordenó restituir a Suárez en su cargo de jueza penal de Comodoro Rivadavia “con el pleno restablecimiento de su situación funcional”.
El tribunal aclaró que no estaba revisando el acierto o desacierto de la decisión adoptada por el jury ni evaluando nuevamente la conducta atribuida a la magistrada. “Lo que este Superior Tribunal de Justicia examina en esta instancia no es el acierto o el desacierto del pronunciamiento adoptado por el Tribunal de Enjuiciamiento”, señala la sentencia, sino si el proceso respetó las garantías constitucionales mínimas.
La resolución representa un nuevo revés para quienes impulsaron las acusaciones contra Suárez. En octubre de 2024, además, la ex jueza había sido sobreseída en la causa penal abierta por aquellos hechos. En esa oportunidad, el juez Marcelo Nieto Di Biase concluyó que su comportamiento podía ser “reprochable éticamente”, pero no constituía delito.
Con este fallo, la magistrada recuperará el cargo que perdió hace más de dos años. La discusión sobre los haberes que dejó de percibir durante ese período quedó fuera del alcance de la sentencia y deberá tramitarse, en caso de ser reclamada, por otras vías judiciales.
