Fue en una causa por daños y perjuicios. La Cámara revocó un fallo que había rechazado el reclamo por falta de legitimación y sostuvo que los jueces pueden consultar registros digitales oficiales para esclarecer los hechos.
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón habilitó una demanda indemnizatoria por un accidente de tránsito luego de comprobar, mediante una consulta en registros digitales oficiales, que el demandante era el titular del vehículo involucrado en el siniestro. La decisión revirtió un fallo de primera instancia que había rechazado el reclamo por falta de legitimación activa.
En ese caso, el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 había hecho lugar a la excepción de falta al considerar que no estaba acreditada la titularidad del automotor, lo que derivó en el rechazo íntegro de la demanda.
La decisión fue apelada cuestionando la valoración probatoria. Al analizar el recurso, la Sala integrada por los jueces Gabriel Hernán Quadri y Liliana Graciela Ludueña verificó la titularidad del vehículo a través de bases de datos oficiales a las que los tribunales tienen acceso directo.
En su voto, el juez Quadri explicó el concepto de “tecnoactivismo judicial” y resaltó que el activismo probatorio actual “comienza a aprovechar aquellas posibilidades que le brindan al juez las TICs (tecnologías de la información y comunicación) y así se vale, especialmente, del documento electrónico, en sus diversas variantes”.
El fallo advirtió que la Justicia cuenta hoy con herramientas que permiten esclarecer cuestiones fácticas de manera inmediata. En ese sentido, sostuvo que “en ciertas ocasiones el magistrado queda ‘a un clic de distancia’ de la verdad”, y remarcó que “no hacer ese clic puede implicar una renuncia consciente a la verdad”, algo que consideró incompatible con el servicio de justicia.
Según se indicó en la resolución, la Suprema Corte bonaerense habilitó a los órganos judiciales a consultar directamente los registros de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor, lo que permite verificar titularidades a partir del DNI del interesado. Para la Cámara, omitir esa consulta cuando está disponible implica alejarse innecesariamente del esclarecimiento del caso.
A partir de esa verificación digital, el tribunal constató que Gabriel Osvaldo Santoro era efectivamente titular del rodado involucrado en el accidente, por lo que se encontraba legitimado para reclamar los daños materiales. En consecuencia, la Cámara revocó la sentencia de primera instancia en cuanto había admitido la excepción de falta de legitimación activa y admitió la demanda.
