Debía casi cuatro millones de cuota alimentaria y la Justicia ordenó cortarle Netflix, Spotify y otras plataformas

La decisión fue adoptada por el Juzgado Multifueros de El Bolsón, en la provincia de Río Negro. Además, dispuso que mientras mantenga el incumplimiento no podrá renovar la licencia de conducir.

Netflix, Spotify, Disney+, YouTube o la posibilidad de renovar la licencia de conducir pueden parecer cuestiones completamente ajenas a una deuda por alimentos. Sin embargo, la Justicia de Río Negro decidió recurrir a esas restricciones para intentar que un padre que debe casi 4 millones de pesos de cuota alimentaria cumpla con sus obligaciones.

La medida fue dictada por el Juzgado Multifueros de El Bolsón ante la persistencia del incumplimiento y después de que otras herramientas adoptadas en el expediente no consiguieran el resultado esperado. La resolución también alcanza a Max y Prime Video, entre otros servicios digitales.

No obstante, el fallo no afirma que el hombre tenga actualmente cuentas en todas esas plataformas. A partir de esta resolución, las empresas deberán informar primero si existen servicios contratados a su nombre y, solamente en caso afirmativo, suspenderlos. Además, tendrán que impedir que realice nuevas contrataciones mientras continúe la deuda.

Presionar para que pague

La herramienta utilizada por la magistrada está contemplada en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que permite adoptar medidas razonables frente al incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria con el objetivo de asegurar la eficacia de una sentencia.

Ese fue precisamente el criterio aplicado en El Bolsón. Con una liquidación aprobada cercana a los 4 millones de pesos y ante la falta de pago, la madre pidió nuevas restricciones y obtuvo un dictamen favorable del Defensor de Menores.

La jueza dejó en claro que la finalidad de las medidas no es sancionar al padre, sino generar un mecanismo de presión que permita modificar su conducta y conseguir que cumpla.

Dentro de esa lógica aparecen las plataformas digitales: si tiene servicios a su nombre, no podrá utilizarlos mientras persista el incumplimiento.

Según la resolución, la restricción se extenderá también a su licencia de conducir. La Justicia ordenó comunicar la decisión a la municipalidad de la ciudad en la que reside para que sea inhabilitada y no pueda renovarse hasta que una nueva resolución disponga lo contrario.

Embargos y búsqueda de bienes

El corte de los servicios digitales no es la primera medida adoptada para intentar cobrar la deuda. En el expediente ya se encuentra en trámite un mandamiento de embargo sobre un rodado. La jueza también dispuso consultar los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para determinar si el hombre posee inmuebles registrados a su nombre.

Si la búsqueda arroja resultados positivos, podrá analizarse el embargo de esos bienes para avanzar sobre los casi cuatro millones de pesos pendientes.

La magistrada consideró que el derecho alimentario constituye un derecho humano básico y que su incumplimiento afecta directamente el derecho de los hijos a contar con un nivel de vida adecuado y compromete su interés superior.

Por qué rechazó aplicarle una multa

Aunque aceptó varias de las restricciones solicitadas, la jueza descartó imponer una multa económica al deudor. ¿Por qué? Básicamente, porque si las medidas adoptadas hasta ahora no lograron que pagara la cuota alimentaria, agregar una nueva deuda difícilmente logre modificar ese comportamiento.

Por eso, la jueza consideró que las herramientas judiciales deben elegirse de acuerdo con las particularidades del caso y, fundamentalmente, con sus posibilidades concretas de conseguir el cumplimiento.

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