La Corte definió que la Justicia bonaerense investigue la causa contra Martín Insaurralde

El máximo tribunal resolvió un conflicto negativo de competencia y ordenó que el expediente contra Martín Insaurralde continúe en el Juzgado de Garantías N° 5 de Lomas de Zamora. La denuncia refiere a presuntos vínculos con barras bravas y contrataciones irregulares en el municipio.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación zanjó un conflicto negativo de competencia en una causa que involucra al ex intendente de Lomas de Zamora, Martín Insaurralde, y dispuso que la investigación quede en manos de la Justicia provincial bonaerense.

El expediente se originó a partir de un correo electrónico anónimo recibido por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de Lomas de Zamora, en el que se denunciaban presuntos vínculos del ex jefe comunal con integrantes de barras bravas y la autorización de contratos de trabajo irregulares durante su gestión. Según el mensaje, varias personas habrían percibido salarios sin cumplir funciones -los denominados “ñoquis”- e incluso algunas de ellas se encontrarían detenidas.

Tras ordenar medidas de prueba preliminares, el juzgado federal se declaró incompetente al considerar que los hechos denunciados no afectaban intereses de la Nación, requisito necesario para habilitar la intervención del fuero federal. En consecuencia, remitió las actuaciones al Juzgado de Garantías N° 5 de Lomas de Zamora, con competencia provincial.

Sin embargo, el juzgado bonaerense rechazó el apartamiento del fuero federal por entender que resultaba prematuro, dado que aún no se había delimitado con precisión el objeto de la investigación ni la calificación legal de los hechos. Frente a la insistencia del juzgado federal en declinar su intervención, se configuró el conflicto de competencia que llegó a conocimiento del Máximo Tribunal.

Antes de resolver, la Corte dio intervención a la Procuración General de la Nación, cuyo dictamen sostuvo que, más allá del estado incipiente de la investigación, corresponde al Estado provincial investigar los hechos que involucran a sus propias autoridades, y que la intervención del fuero de excepción solo procede cuando existen delitos que perjudiquen directa y efectivamente a la Nación, circunstancia que no surge de la notitia criminis ni de las constancias del expediente.

En línea con ese criterio, la Corte -con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzettihizo suyo el dictamen y resolvió derivar definitivamente la causa al Juzgado de Garantías N° 5 de Lomas de Zamora, que deberá continuar con la investigación e incorporar los elementos necesarios para la prosecución del trámite.

La decisión vuelve a poner el foco en los límites de la competencia federal y reafirma el principio según el cual las jurisdicciones provinciales deben intervenir cuando no se verifica un interés federal directo, aún en causas de alto impacto político e institucional.

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