La Cámara Federal confirmó el cierre de la causa contra Pettovello por la transferencia de fondos para la compra de alimentos

Los jueces de la Sala I, Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, rechazaron el planteo del fiscal Franco Picardi y avalaron la decisión del juez Ariel Lijo. Según entendieron, no hubo desvío de fondos ni perjuicio al Estado.

La Cámara Criminal y Correccional Federal cerró la investigación que había puesto bajo la lupa una millonaria transferencia del Ministerio de Capital Humano al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del Plan Nacional Argentina contra el Hambre.

La decisión fue adoptada por la Sala I del tribunal, integrada por los jueces Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi, que rechazaron el recurso presentado por el fiscal Franco Picardi y ratificaron el archivo que había dispuesto el juez Ariel Lijo en julio de 2025. Los camaristas entendieron que no hubo elementos que justifiquen continuar el expediente penal.

La investigación se había iniciado a partir de una denuncia que cuestionaba que la funcionaria hubiera autorizado con su sola firma el giro de 14 mil millones de pesos, un monto superior al límite previsto sin la intervención de la Jefatura de Gabinete. También se puso bajo análisis el destino del dinero y el pago de una comisión del 3% en el marco del convenio con el organismo internacional.

Al apelar el cierre, el fiscal sostuvo que la decisión había sido apresurada y advirtió que quedaban puntos por esclarecer, entre ellos la trazabilidad de parte del dinero y el régimen legal aplicable a la operación.

“No hubo una desviación del objeto público comprometido, ni beneficio personal alguno, ni perjuicio al erario”.

Sin embargo, el juez Mariano Llorens sostuvo que esos cuestionamientos no lograron desvirtuar la legalidad del procedimiento. En su voto, afirmó que “las críticas destinadas a sostener que la operación se habría desarrollado sin respetar los parámetros establecidos por la Ley de Administración Financiera y su decreto reglamentario pierden relevancia frente a las constancias adunadas a la pesquisa”. Y agregó que la transferencia “se efectivizó dentro del régimen establecido por el programa de ‘Abordaje Comunitario’, respetando las pautas y controles exigidos por el mismo y por fuera de los criterios fijados por las normas que respaldaron la denuncia originaria de estas actuaciones”

Los camaristas también valoraron la documentación aportada por el Ministerio de Capital Humano, que incluyó resoluciones, órdenes de compra, actas de recepción y constancias de entrega de alimentos. En ese sentido, concluyeron que no se detectaron irregularidades en el manejo de los fondos.

En el fallo, el tribunal fue categórico al señalar que “no hubo una desviación del objeto público comprometido, ni beneficio personal alguno, ni perjuicio al erario”. Además, coincidió con el juez de primera instancia en que “no existe conducta alguna penalmente relevante que deba seguir siendo investigada”.

Los jueces también destacaron que la transferencia se realizó dentro de un programa que tiene su propio régimen jurídico por tratarse de un convenio internacional, lo que lo excluye de las normas generales de contratación del Estado.

Finalmente, la Cámara resolvió confirmar el archivo de la causa y cerrar el expediente, al considerar que las pruebas reunidas fueron suficientes para descartar la existencia de un delito.

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