Tapia y Toviggino fueron procesados sin preventiva por apropiación de tributos agravada y no podrán salir del país

El juez en lo Penal Económico Diego Amarante procesó sin prisión preventiva al presidente de la AFA, Claudio Tapia y al tesorero Pablo Toviggino, por apropiación indebida agravada de tributos y de recursos de la seguridad social. A ambos les prohibió salir del país, a poco del inicio del Mundial de Fútbol.

El juzgado en lo Penal Económico N° 5 dictó el procesamiento sin prisión preventiva de Claudio Tapia, Pablo Toviggino, del ex Secretario General Víctor Blanco Rodríguez, del actual Secretario General de la AFA, Cristian Ariel Malaspina, y Gustavo Roberto Lorenzo, Director General de la institución. La propia entidad madre del fútbol argentino fue procesada como persona jurídica por infracción al Régimen Penal Tributario. Amarante trabó embargos sobre los bienes de los procesados hasta cubrir los 1550 millones de pesos.

La investigación se originó en una denuncia presentada en diciembre de 2025 por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que detectó que la AFA había omitido depositar, dentro de los treinta días corridos de vencidos los plazos legales, los importes que ella misma había percibido en su carácter de agente de retención. Se trataba del IVA, del impuesto a las ganancias y contribuciones destinadas a la Seguridad Social, en el período que va de marzo de 2024 a septiembre de 2025.

El juez calificó los hechos relativos a IVA y Ganancias como constitutivos del delito de apropiación indebida de tributos, reiterado en 34 oportunidades, y los correspondientes a seguridad social como apropiación indebida de recursos de la seguridad social, reiterado en 17 oportunidades. En ambos casos, aplicó la agravante de la intervención de tres o más personas en la comisión de los hechos.

Los procesamientos y los embargos

La AFA fue procesada como persona jurídica, con un embargo por 350 millones de pesos. Tapia, Toviggino y Lorenzo fueron procesados como coautores de la totalidad de los 51 hechos imputados, con embargos de 350 millones de pesos a cada uno y prohibición de salida del país. Blanco y Malaspina fueron procesados en relación con los hechos ocurridos, respectivamente, antes y después del 3 de abril de 2025, fecha de asunción de Malaspina como Secretario General, con embargos de 150 millones de pesos cada uno.

Los planteos rechazados y el papel de la Cámara

Todos los imputados habían solicitado el sobreseimiento, alegando falta de intervención personal en las decisiones tributarias y financieras de la entidad. El juez rechazó los planteos al considerar acreditado que cada uno de ellos tenía capacidad de decisión sobre el cumplimiento de las obligaciones incumplidas, en función de los cargos que ocupaban y las facultades estatutarias que les correspondían.

La defensa de los imputados argumentó que la falta de pago no configuraba un delito sino una consecuencia de medidas de alivio fiscal dispuestas administrativamente, cuyo alcance era objeto de interpretación; es decir, que había un margen de duda razonable sobre si la AFA estaba o no obligada a ingresar esas sumas en los períodos cuestionados.

Sin embargo, Amarante en su extensa resolución señaló que ese razonamiento podría considerarse cuando la discusión girara en torno a cuánto se debe o cómo se calcula una obligación tributaria. Pero en este caso la AFA había retenido el dinero, se lo había descontado a terceros y no lo había depositado. De acuerdo con el fallo, la obligación de transferir al fisco lo que ya se cobró en nombre del Estado no está controvertida y cuenta con jurisprudencia respaldatoria.

Los camaristas Carolina Robiglio y Roberto Hornos, los únicos integrantes de la Alzada del fuero Penal Económico, ya están en condiciones de resolver si aceptan el criterio del fiscal Gabriel Pérez Barberá y rechazan el argumento de «inexistencia de delito» de los directivos de la AFA, según los cuales el Ministerio de Economía había emitido medidas de alivio para entidades sin fines de lucro como la AFA.

1) Claudio Tapia

    Apropiación indebida de tributos agravada (34 hechos).

    Apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravada (17 hechos).

    No puede salir del país.

    2) Pablo Ariel Toviggino

    Tesorero.
    Apropiación indebida de tributos agravada (34 hechos).

    Apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravada (17 hechos).

    No puede salir del país.

    3)Gustavo Roberto Lorenzo

    Director General de la AFA.
    Apropiación indebida de tributos agravada (34 hechos).

    Apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravada (17 hechos).

    Puede salir del país

    4)Víctor Blanco

    Ex Secretario General.
    Apropiación indebida de tributos agravada (18 hechos).

    Apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravada (9 hechos).

    Puede salir del país.

    5)Cristian Ariel Malaspina

    Secretario General (desde el 3/4/2025).
    Apropiación indebida de tributos agravada (16 hechos).

    Apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravada (8 hechos).

    Puede salir del país.

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