El Ejecutivo envió al Congreso una iniciativa que busca actualizar el marco legal y reforzar el rol de los psiquiatras en el sistema de salud mental.
La salud mental está en la agenda permanente de la discusión de la sociedad. Sin embargo, pese a las alertas que se encienden con hechos puntuales a lo largo y a lo ancho del país, la política no había podido avanzar en una reforma que cambia la mirada sobre lo que sucede que la Ley Nacional de Salud Mental 26.657.
La iniciativa que impulsa el Gobierno busca, en este caso, una actualización del marco normativo que rige los derechos de las personas con trastornos mentales.
Prioridad a la psiquiatría y enfoque preventivo
El proyecto introduce cambios sustanciales en la estructura de los equipos de salud. La reforma de los artículos 5, 6 y 8 de la ley actual persigue un objetivo claro. Según los fundamentos del mensaje oficial, la propuesta busca “dar un rol central a la mirada técnica-médica a la prevención y abordaje de la salud mental y al tratamiento de adicciones”. En ese contexto, para alcanzar esta meta, el Ejecutivo otorga “mayor relevancia a los especialistas médicos formados en psiquiatría”.
Así las cosas, bajo este nuevo esquema, un médico psiquiatra debe integrar de manera obligatoria los equipos interdisciplinarios para realizar evaluaciones, diagnósticos e internaciones. El proyecto también amplía el objeto de la norma original. Ahora, la ley procura no solo la protección, sino también la prevención y el tratamiento de las afecciones mentales.
Internación involuntaria
Uno de los puntos más relevantes de la reforma reside en el concepto de riesgo. El texto sustituye la antigua fórmula de “riesgo cierto e inminente” por una definición que el Ejecutivo considera más abarcativa. La iniciativa establece la “situación de riesgo grave de daño para la vida o la integridad física de la persona o de terceros” como el nuevo estándar legal.
El Gobierno, según detalla el proyecto, busca con este cambio ampliar la caja de herramientas de los profesionales de la salud. En los fundamentos, puntualmente, el Ejecutivo explica que la redacción previa generaba “situaciones de duda o inacción por parte de los profesionales, derivadas de las dificultades interpretativas del mismo”. Con la nueva terminología, la intención es favorecer la implementación de políticas públicas más eficientes en el campo de la salud mental.
Nuevas reglas de internación
La reforma de los artículos 12, 14 y 27 de la ley vigente elimina restricciones previas sobre los establecimientos de salud. El proyecto oficial “amplía el margen legal para la creación de establecimientos encausados al tratamiento de problemáticas de salud mental”.
A diferencia de la normativa previa, el texto autoriza las internaciones tanto en hospitales generales como en instituciones especializadas en psiquiatría y salud mental, ya sean de carácter público o privado.
El proyecto también incorpora los artículos 20 bis y 20 ter para regular con detalle la internación involuntaria. Esta medida, según se marca de manera taxativa, mantiene su naturaleza excepcional y procede solo cuando no existen alternativas ambulatorias eficaces. Sin embargo, en casos de extrema urgencia donde solo haya un médico presente, la norma permite la internación inmediata, pero exige una revalidación por un equipo interdisciplinario en un plazo máximo de veinticuatro horas.
Cambios en el Código Civil y Comercial
Para evitar contradicciones legales, el Ejecutivo impulsa la sustitución de los artículos 41, 42 y 59 del Código Civil y Comercial de la Nación. El objetivo es “asegurar la debida coherencia y armonía del ordenamiento jurídico en su conjunto”. Estas modificaciones ajustan los criterios sobre el traslado de personas en situación de riesgo y el consentimiento informado.
Además, el proyecto introduce un cambio terminológico en toda la legislación. La expresión “padecimiento mental” desaparece de la ley y la reemplaza el concepto de “afección o trastorno de salud mental”.
Supervisión y prevención de la tortura
Finalmente, la propuesta impacta en la Ley N° 26.827 sobre el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura. A partir de la sanción de esta ley, las inspecciones en lugares donde residan personas con afecciones mentales cambian su protocolo. Los fundamentos de la reforma determinan que tales visitas “deberán efectuarse exclusivamente por un equipo interdisciplinario, integrado obligatoriamente por un médico psiquiatra”. Esta disposición busca garantizar el respeto a la dignidad de los pacientes y la continuidad de sus tratamientos médicos.
Tiempo y debates
El texto ingresó formalmente 18 de abril por el Senado de la Nación. El trámite puede ser largo. Sin embargo, las comisiones de Salud de ambas Cámaras cuentan con trabajos y debates previos que pueden acelerar los procesos.
En ese marco, y más allá del ruido político que pueden generar el tratamiento de otras normas en paralelo, la política podría empezar a saldar durante el 2026 la deuda que tiene con la sociedad por lo menos en la actualización de la Ley de Salud Mental.
