ARCA acata la doctrina de la Corte y dejará de apelar fallos contra Ganancias en jubilaciones

El organismo recaudador modificó su estrategia judicial y dejará de insistir ante la Corte en causas donde ya existe una doctrina consolidada a favor de jubilados vulnerables.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar de manera drástica su estrategia judicial y dejará de apelar las sentencias que declaren inaplicable el Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios en casos alcanzados por la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La decisión quedó formalizada a través de la Instrucción General 4/2026 SDGASJ y marca un giro procesal relevante: el organismo dejará de insistir con recursos extraordinarios y quejas ante el máximo tribunal en expedientes donde ya existe una línea jurisprudencial consolidada en favor de jubilados en situación de vulnerabilidad.

El antecedente “García” y el cambio de criterio

El punto de inflexión fue el fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado el 26 de marzo de 2019, en el que la Corte declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravaban jubilaciones y pensiones de personas vulnerables.

En aquella sentencia, el Tribunal sostuvo que el envejecimiento y la discapacidad constituyen factores determinantes de vulnerabilidad que deben ser contemplados al momento de evaluar la capacidad contributiva de los pasivos. Los jueces remarcaron que esas condiciones generan mayores erogaciones y exigen un análisis diferenciado bajo el principio constitucional de igualdad.

Desde entonces, la Corte ratificó esa doctrina en numerosos precedentes, entre ellos “Godoy”, “Piccoli” y “Alazraki”, consolidando una postura que también se mantuvo luego de las modificaciones introducidas por la Ley 27.617.

Incluso en causas más recientes como “Luna”, “Castro” y “Cantu”, el máximo tribunal volvió a rechazar recursos del Estado y confirmó sentencias contrarias al Fisco Nacional, reforzando una jurisprudencia que ARCA ahora reconoce como irreversible.

Qué dispone la nueva instrucción de ARCA

La Instrucción General 4/2026 establece que los representantes legales del organismo deberán:

  • No interponer recursos extraordinarios ni recursos de queja contra sentencias alineadas con la doctrina de la Corte.
  • Desistir de los recursos ya presentados que todavía no hayan sido sustanciados.
  • Consentir fallos de primera instancia cuando las cámaras federales mantengan un rechazo sistemático a las apelaciones del organismo.

Según se desprende de la resolución interna, el objetivo es evitar mayores costos para el Estado derivados del pago de honorarios y costas judiciales en litigios cuyo resultado aparece definido por la jurisprudencia consolidada de la Corte.

Las excepciones previstas

ARCA aclaró que la nueva política no tendrá aplicación automática en todos los casos.

El organismo continuará litigando cuando la parte actora carezca de legitimación activa -como podría ocurrir en demandas promovidas por asociaciones o colegios profesionales- o cuando existan circunstancias particulares que permitan prever una eventual modificación del criterio judicial.

En esos supuestos, la continuidad de la estrategia recursiva deberá contar con conformidad de las autoridades superiores de la representación fiscal.

Un reclamo pendiente al Congreso

En distintos pronunciamientos, la Corte Suprema exhortó al Congreso a dictar una legislación específica que contemple un tratamiento diferencial para jubilados y pensionados en situación de vulnerabilidad.

Mientras eso no ocurra, la doctrina judicial seguirá funcionando como límite constitucional a la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre determinados haberes previsionales, una realidad que ahora ARCA decidió asumir formalmente en su política judicial.

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