El Congreso avanza con la clausura definitiva del frente judicial con los últimos “holdouts”

El texto impulsado por el Ejecutivo obtuvo despacho de Comisión y se encamina a ser aprobado en el recinto, logrando la sanción definitiva por parte del Congreso.

El oficialismo impulsa un proyecto de ley que busca dar por cerrado el frente judicial por la reestructuración de la deuda soberana. En términos concretos, el texto enviado por el Ejecutivo que ya recorrió buena parte del camino legislativo, solicita la ratificación de los Acuerdos de Conciliación firmados con la firma Bainbridge Ltd. y el grupo de acreedores que lidera Attestor Value Master Fund LP. 

La medida, que ya cuenta con media sanción del Senado y despacho de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Justicia en la Cámara de Diputados, busca “normalizar las relaciones con tenedores de deuda pública elegible que no ingresaron a los canjes de 2004 y 2010” y asegurar la estabilidad financiera del país bajo el marco de la Ley N° 27.249.

Los tribunales de Nueva York un historial pesado

En los fundamentos del proyecto presentado por el Poder Ejecutivo se detalla el historial tribunalicio. Por caso, el texto da cuenta de la disputa con Bainbridge Ltd. en los tribunales de Estados Unidos. El detalle señala que este fondo posee una sentencia firme desde el 1 de diciembre de 2020 por un capital de 96 millones de dólares, suma que acumula intereses diarios.

En ese marco, durante el último año, la firma incrementó su presión judicial mediante procesos de “discovery” para identificar activos embargables del Estado. El conflicto escaló cuando el demandante solicitó ante la Corte de Distrito la entrega forzosa de las acciones de YPF S.A. en poder de la República, así como de fondos en cuentas bancarias oficiales y Letras Intransferibles del Banco Central.

Por otro lado, el grupo Attestor Value Master Fund LP, integrado por diversas entidades como Trinity Investments DAC y Bybrook Capital, obtuvo dieciséis sentencias favorables entre 2020 y 2024. Aunque estos acreedores ya ejecutaron aproximadamente 209 millones de dólares de garantías de bonos Brady depositadas en la Reserva Federal de Nueva York, aún mantienen reclamos por un saldo pendiente de 266 millones de dólares.

Los pilares de la conciliación

El Ministerio de Economía fundamentó dentro del proyecto la conveniencia de estos acuerdos bajo la lógica de supuestos beneficios patrimoniales inmediatos para el erario público. En ese marco, destacan que transacción conjunta genera una “quita superior al 30% sobre las sumas remanentes”. Este descuento evita que el Estado deba enfrentar “el devengamiento de intereses punitorios onerosos bajo la ley de Nueva York”, los cuales elevarían la deuda a niveles insostenibles si los juicios continúan.

La arquitectura del pago que se propone está basada en el estándar internacional de “Entrega contra Pago» (DVP). Bajo este sistema, y según explicó el titular de la Comisión de Presupuesto, Bertie Benegas Lynch, la República Argentina desembolsará 171 millones de dólares para Bainbridge Ltd. y 104 millones de dólares para el grupo Attestor solo cuando reciba los bonos en mora libres de todo gravamen. Según explica el oficialismo en su proyecto este procedimiento asegura la inmediata cancelación y extinción de los títulos públicos, lo que impide cualquier reclamo posterior sobre esos mismos instrumentos.

Blindaje legal

El acuerdo establece que los honorarios de los abogados de los demandantes, denominados “Attorney Fee Claims”, corren por cuenta exclusiva de los acreedores. Esta disposición es la que garantiza que aparezcan luego costos ocultos o futuros litigios de terceros.

Además, la aprobación legislativa desactiva de forma inmediata las investigaciones sobre bienes estatales. El texto oficial asegura que, tras el cierre de la operación, la República “ya no tendrá que responder a las solicitudes de ‘Discovery’ (descubrimiento) de tal naturaleza”. Los acreedores aceptan una cláusula de “Standstill” y se obligan a no interferir en futuras operaciones de financiamiento o manejo de pasivos que el Gobierno decida emprender.

La urgencia del calendario legislativo

El proyecto enfatiza que el tiempo juega en contra de los intereses nacionales. Los convenios establecen una fecha límite de cierre, el 30 de junio, conocida técnicamente como “Outside Date”. El incumplimiento de este plazo provocará la resolución automática de las transacciones y devolverá a las partes a la instancia judicial previa.

El Ejecutivo advirtió, tanto en el texto como durante el debate, que el rechazo de esta norma obligaría al país a “retomar litigios bajo condiciones financieras significativamente más gravosas”. La resolución de estos conflictos, según los fundamentos de la ley, garantiza que el Estado Nacional resuelva un bloque mayoritario de deuda en mora de manera sistémica y no fragmentada, lo que fortalece “la credibilidad de la República en los mercados globales”.

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