El ex ministro de Planificación Julio De Vido recibió una pena de tres años de prisión en suspenso por negociaciones incompatibles. Los jueces consideraron acreditado el favorecimiento a la empresa brasileña.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 condenó al ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y a Daniel Cameron, ex secretario de Energía, a tres años de prisión en suspenso por negociaciones incompatibles con la función pública. Fueron encontrados culpables de beneficiar a la empresa brasileña Odebrecht para que se le adjudicara la ampliación de los gasoductos Transportadora Gas del Norte (TGN) y la Transportadora Gas del Sur (TGS).
Se trata de la cuarta condena contra De Vido, que está preso (ahora con arresto domiciliario) desde noviembre del año pasado, cuando la Corte Suprema dejó firme la sentencia en la causa por la tragedia de Once.
Los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini, condenaron también a Alberto Folgar, ex subsecretario de combustibles, a dos años y medio de prisión en suspenso, en tanto que absolvieron a Luis Beuret, quien fuera gerente general y vicepresidente de CAMMESA.
La acusación sostuvo que los funcionarios usaron sus cargos para beneficiar ilegalmente a Odebrecht en la licitación de las obras de ampliación de los gasoductos de la Transportadora Gas del Norte (TGN) y la Transportadora Gas del Sur (TGS), financiadas a través del “Fideicomiso Gas”, con una inversión superior a los 2.300 millones de dólares.
Los fiscales Diego Luciani y su coadyuvante José Ipohorski Lenkiewicz habían solicitado penas de cuatro años de cárcel para Camero, como autor de la maniobra, lo mismo para De Vido, como partícipe necesario, tres años y medio para Alberto Folger y la misma condena para Luis Beuret, también por su participación necesaria.
Los acusadores describieron la maniobra como un “claro e inadmisible direccionamiento” hacia Odebrecht en una contratación “de enorme envergadura” en la que los acusados “al amparo de una falsa apariencia de licitud de sus conductas, convergieron en un claro objetivo: beneficiar ilegalmente a la firma Odebrecht”.
Para lograrlo, señaló, “soslayaron los más básicos principios que deben guiar a toda contratación pública”: la transparencia, la publicidad, la igualdad de trato entre oferentes y la promoción de la competencia.
La Fiscalía reconstruyó cómo cada imputado habría intervenido en la maniobra mediante reuniones privadas con representantes de Odebrecht, el dictado de resoluciones y la tramitación de expedientes administrativos orientados a favorecer a la empresa.
La fiscalía también solicitó el decomiso de todo lo que hubiera servido para cometer el hecho y de las ganancias o bienes que fueran producto del delito.
Los argumentos de las defensas
Previsiblemente, las defensas pidieron la absolución de todos los imputados con un argumento central compartido: que la fiscalía no advirtió que las contrataciones respetaron la normativa vigente en un contexto de emergencia económica y energética.
El defensor público oficial Santiago Finn, a cargo de Cameron y Folgar, sostuvo que ninguno de los dos tenía intereses personales en la selección de las empresas contratadas, y que la fiscalía no comprendió que “las normas que se aplicaban para realizar estas obras estaban basadas en la emergencia energética”, mencionada en todos los decretos involucrados. Finn agregó que en la causa no se probaron sobreprecios, sobornos ni direccionamiento.
La defensa de Beuret siguió una línea similar pero más acotada al rol institucional de CAMMESA: el abogado Gastón María Abrutín Suárez argumentó que su cliente sólo acató instrucciones de la Secretaría de Energía y que la participación de la compañía en el proceso de contratación era esperable, dado que como órgano regulador del mercado eléctrico mayorista debía garantizar la provisión de gas para la generación de electricidad.
El abogado Gabriel Palmiero, defensor de De Vido, argumentó que el ex ministro actuó dentro de sus competencias para resolver la emergencia energética, sin beneficio personal.
El más breve fue el alegato de la defensa de Bragulat: el abogado Diego Olmedo expuso en dos minutos: dado que el propio fiscal Luciani había pedido la absolución de su cliente por falta de pruebas, señaló, correspondía preguntarse “qué hace Bragulat en esta causa”.
