El primer juicio con el nuevo Código Procesal Federal en Chaco terminó con una condena

Marcelo Gómez fue condenado a tres años de prisión en suspenso por encubrimiento de contrabando, encubrimiento de robo automotor y resistencia a la autoridad. El debate, realizado en dos audiencias, marcó la primera aplicación en Resistencia del sistema acusatorio previsto en la Ley 27.063.

Con una condena a tres años de prisión de ejecución condicional, la Justicia Federal cerró en la ciudad de Resistencia el primer juicio oral tramitado bajo las reglas del Código Procesal Penal Federal (Ley 27.063).

Según fuentes judiciales, el acusado, Marcelo Gabriel Gómez, fue hallado culpable de encubrimiento de contrabando, encubrimiento de robo automotor y resistencia a la autoridad, en un proceso que se resolvió en apenas dos jornadas y que dejó un antecedente relevante para la implementación del nuevo sistema acusatorio en la provincia de Chaco.

El debate estuvo a cargo del juez Daniel Horacio Obligado, quien intervino como subrogante del Tribunal Oral Federal de Formosa e integrante del Colegio de Jueces Federales de Formosa y Chaco. La acusación fue sostenida por el fiscal Luis Roberto Benítez, titular de la Fiscalía Federal ante el TOF de Formosa, mientras que la defensa estuvo a cargo de los abogados Alfio David Chir y Karla Abigail Maldonado.

El caso ocurrió el 24 de febrero pasado en Formosa cuando personal policial interceptó una camioneta con pedido de secuestro por contrabando de mercadería, situación que derivó además en cargos por resistencia a la autoridad.

Dos audiencias y con cesura de pena

Una de las principales novedades del proceso fue su estructura. El juicio se llevó a cabo en dos etapas diferenciadas, tal como prevé el nuevo CPPF.

La primera audiencia se realizó el 19 de junio y estuvo centrada en la determinación de culpabilidad. Allí declararon cuatro testigos y se produjo la prueba principal del caso. La segunda, celebrada el 23 de junio, correspondió a la llamada cesura de juicio, instancia en la que se discute exclusivamente la pena y su modalidad de ejecución. En esa jornada declararon otros cinco testigos.

Este esquema refleja uno de los cambios centrales introducidos por la Ley 27.063: mayor oralidad, concentración procesal y separación entre la discusión sobre responsabilidad penal y la determinación de la sanción.

La audiencia se realizó además bajo modalidad virtual mediante plataforma Zoom, con intervención de la Oficina Judicial Subsede Formosa (Juicio y Ejecución), que coordinó la logística del debate.

“Una última barrera normativa”

Al fundamentar la pena, el juez Obligado explicó que no sólo valoró la prueba sobre los delitos, sino también las condiciones personales del acusado y su contexto familiar. “Las pruebas reunidas y presentadas por las partes en relación a la concreción de la modalidad delictiva, como así también el contexto situacional relacionado con la vida del acusado y su familia, estimo adecuado otorgarle al mismo la asistencia de una última barrera normativa para que cumpla con sus obligaciones sin llegar a un encierro penitenciario”, sostuvo en el veredicto.

Con ese criterio, resolvió imponer una condena de tres años de prisión en suspenso, acompañada por reglas de conducta que deberá cumplir durante el plazo de la condena y que serán supervisadas por la DECAEP, sede Resistencia.

Entre las obligaciones impuestas figuran no cometer nuevos delitos, no abusar de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes, fijar domicilio e informar cualquier cambio, solicitar autorización para salir de Formosa, la prohibición de salida del país y la obligación de presentarse mensualmente ante el Tribunal Oral Federal de Formosa.

Además, el magistrado ordenó la incineración del cargamento de cigarrillos secuestrado, tarea encomendada a Gendarmería Nacional, y dispuso poner a disposición del juez penal competente de la provincia de Buenos Aires la camioneta Volkswagen Amarok vinculada a la causa.

También intimó al condenado a abonar las costas del juicio y fijó para el 30 de junio la publicación de los fundamentos completos del fallo.

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