Masacre de Carmen de Patagones: confirman la indemnización para la familia de una de las víctimas

A 22 años del ataque en el que un alumno de 15 años mató a tres compañeros en un colegio bonaerense, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los recursos del Estado Nacional y de la provincia de Buenos Aires, y dejaron firme la orden de resarcir a la madre de Sandra Núñez, una de las chicas asesinadas.

El 28 de septiembre de 2004, “Juniors”, un alumno de 15 años, entró armado a su escuela de Carmen de Patagones y mató a tres de sus compañeros. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron por inadmisibles los recursos presentados por el Ministerio de Seguridad —a través de la Prefectura Naval— y por la Dirección General de Cultura y Educación bonaerense, en la causa que había iniciado la madre de Sandra Núñez.

No es la primera vez que la Corte resuelve en este sentido: el año pasado había confirmado, con el mismo criterio, la indemnización reclamada por los familiares de Federico Ponce, otro de los chicos asesinados ese día, mientras todavía queda pendiente la demanda de la familia de la tercera víctima fatal, Evangelina Miranda, que recién obtuvo un fallo de primera instancia en octubre de 2024.

¿Qué pasó esa mañana en la escuela?

Rafael “Juniors” Solich cursaba el 1º B del Polimodal en la Escuela de Enseñanza Media N° 202 de Carmen de Patagones. Esa mañana, después de izar la bandera, entró en su aula, se paró frente a sus compañeros y disparó un arma de fuego que pertenecía a su padre, matando a tres de ellos y dejando cinco heridos. Por su edad, el caso quedó en manos de una jueza de menores, quien lo declaró inimputable. “Cuando tiré, no era yo”, le dijo el chico a la magistrada.

Las familias de los tres adolescentes muertos demandaron al colegio y a la Prefectura Naval, ya que Solich era hijo de un prefecto y el arma usada pertenecía a esa fuerza.

El hecho horrorizó a la sociedad, que se preguntó si el chico era fruto de una familia desestructurada, si estaba perturbado mentalmente, o si sus compañeros lo habían hecho objeto de “bullying”. La pregunta era cómo advertir tempranamente en los hogares y en las escuelas, conductas que pudieran derivar en hechos de semejante violencia.

luto en las escuelas bonaerenses por la masacre de patagones a dos años de la tragedia, una marcha de silencio recordo a los tres chicos muertos

La Justicia federal de Bahía Blanca, tanto en primera como en segunda instancia, se apoyó en el artículo 1117 del Código Civil vigente en esa época, que hacía responsables a los colegios -públicos o privados- por los daños que sufrieran sus alumnos mientras estaban bajo su cuidado, salvo que se probara un caso fortuito. Los tribunales entendieron que la escuela no había actuado a tiempo frente a los problemas de conducta de Solich: el propio sumario administrativo contra los docentes mostró que varios de ellos habían advertido sobre su comportamiento alarmante y el riesgo que representaba para sus compañeros, sin que se tomaran medidas.

A la Prefectura Naval, por su parte, se la responsabilizó por ser la propietaria del arma utilizada en el ataque. Según la causa, el padre del adolescente no había cumplido con su deber de guardarla en condiciones seguras y mantenerla lejos de las manos de su hijo menor de edad.

El Estado Nacional y la provincia de Buenos Aires apelaron el fallo por considerarlo arbitrario: la Prefectura sostuvo que, de aceptarse ese razonamiento, debería inspeccionar a diario las casas de 35 mil efectivos para controlar cómo guardan sus armas, la Fiscalía bonaerense, por su parte, insistió en que el ataque había sido imposible de prever o evitar. Ninguno de los dos planteos convenció a la Corte, que los descartó “por inadmisibles” y con el rechazo, quedó firme la obligación de indemnizar a la familia de Sandra Núñez.

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