Muerte de Nisman: confirmaron el procesamiento de Fein aunque no consideraron probado el encubrimiento agravado

La Sala II de la Cámara Federal confirmó el procesamiento de la ex fiscal Viviana Fein, pero no por encubrimiento agravado, como había resuelto el juez Julián Ercolini, sino por falta de preservación de pruebas, un delito menor, con penas de entre un mes y cuatro años de prisión. Además, le pidió celeridad al magistrado.

La Sala II de la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de Viviana Fein por su actuación al frente de la investigación de la muerte del fiscal federal Alberto Nisman, aunque modificó la calificación legal por la que había sido procesada en primera instancia. Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah coincidieron en que la ex fiscal deberá seguir procesada, pero por un delito distinto al que le había atribuido el juez de grado: en lugar de encubrimiento agravado, consideraron que la conducta de Fein encuadra en el artículo 255 del Código Penal, que reprime a quien “sustrajere, alterare, ocultare, destruyere o inutilizare” objetos, registros o documentos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente.

Qué había resuelto el juzgado

El juez de primera instancia había procesado a Fein por encubrimiento agravado, aunque la defensa de la ex fiscal, a cargo de Lucio Simonetti, apeló esa decisión con cuatro argumentos centrales: que el delito imputado no se corresponde con la prueba ni con el hecho intimado, que la resolución se apoya en elementos ajenos al dolo directo que exige esa figura penal, que la relación entre las irregularidades y una eventual ocultación de pruebas es conjetural, y que no se especifica qué pruebas esenciales habrían sido ocultadas, alteradas o desaparecidas.

El cambio de calificación

Los jueces explicaron que, si bien los indicios reunidos muestran que la actuación de la ex fiscal estuvo dirigida a descartar cualquier elemento que contradijera su hipótesis, no hay pruebas que la vinculen directamente con el autor o los autores del homicidio de Nisman, requisito que exige la figura de encubrimiento. Farah lo resumió así: la prueba producida “no arroja elementos que relacionen el accionar de Fein con el o los presuntos autor o autores del presunto homicidio de Nisman del modo que requiere la figura de encubrimiento escogida”.

El fiscal Alberto Nisman.

Los fundamentos del tribunal

Según la Sala II de la Cámara Federal, desde que Fein tomó conocimiento del hecho circunscribió la escena únicamente al interior del departamento, tardó cerca de una hora y media en llegar al lugar y, una vez allí, no adoptó medidas para revertir el descontrol que ya existía: permitió la libre circulación de personas ajenas a la tarea forense, no exigió la vestimenta adecuada para quienes ingresaban a la escena y no recolectó elementos que los jueces consideraron esenciales para la investigación, entre ellos una alfombra bajo los pies de Nisman y un trapo con manchas de sangre hallado en el baño.

Irurzun destacó que, apenas comenzadas las tareas, Fein sostuvo que Nisman “se pegó con la mano derecha”, lo que a su criterio evidencia que adoptó desde el inicio exclusivamente la hipótesis del suicidio y descartó activamente todo indicio que pudiera contradecirla. Farah coincidió en que no se trató de un desacuerdo con el método de trabajo ni de una omisión imprudente, sino de una acción deliberada.

Ambos jueces remarcaron que la circulación de numerosas personas ajenas a la tarea pericial por el departamento -incluida la propia madre de Nisman- no exime a Fein de su responsabilidad funcional, ya que al optar por presentarse en el lugar se constituyó, según el fallo, en garante de lo que allí ocurriera.

Qué pasa con los demás funcionarios

El fallo también señala que otros funcionarios con responsabilidad institucional estuvieron presentes en el departamento en los mismos momentos y también interfirieron en la tarea forense, por ejemplo el entonces secretario de Seguridad, Sergio Berni. Sobre ellos, la fiscalía ya había formulado una imputación, pero no avanzó pese al tiempo transcurrido. La Cámara le encomendó a Ercolini que imprimiera celeridad al trámite de esas situaciones procesales.

El fiscal Alberto Nisman apareció muerto con un tiro en la cabeza en su departamento de Puerto Madero el 18 de enero de 2015, cuando se disponía a exponer ante el Congreso su teoría de que el gobierno de Cristina Kirchner había pactado con Irán para garantizarle impunidad en la causa AMIA. El disparo salió de la pistola del experto informático Diego Lagomarsino, quien prestaba servicios para Nisman y quien declaró ante la justicia que fue el propio fiscal quien se la pidió. Hasta ahora, el perito era el único procesado en la causa. Se lo acusa de ser partícipe necesario de la muerte de Nisman.

Noticias relacionadas

Suscribite a nuestro newsletter

Para estar actualizado de las últimas noticias, informes especiales y recibir las ediciones digitales antes que nadie!

Últimas noticias