Casación anuló un fallo de un tribunal de Rosario y reafirmó que sus plenarios son obligatorios para toda la Justicia Federal

La Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto una resolución que había fijado una multa menor en una condena por narcotráfico. Así respaldó el planteo del Ministerio Público Fiscal y recordó que la doctrina establecida en sus fallos plenarios debe ser aplicada por todos los tribunales federales del país.

La Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto una resolución dictada por un tribunal oral de Rosario que había fijado el monto de una multa por un delito de narcotráfico por debajo de lo que establece la doctrina vigente. En el mismo fallo, el máximo tribunal penal del país reiteró que los criterios fijados en sus plenarios son de cumplimiento obligatorio para todos los tribunales penales federales.

La decisión fue adoptada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Javier Carbajo, Gustavo M. Hornos y Mariano Borinsky.

Un monto de multa inferior

El caso se originó a partir de una resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de Rosario, que al ejecutar una condena por narcotráfico determinó un monto de multa inferior al que, según la legislación y la doctrina vigente, correspondía aplicar.

Mariano Borinsky, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.

Frente a esa decisión, el Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso al sostener que el tribunal había omitido aplicar el criterio establecido por la propia Cámara Federal de Casación Penal en el Plenario N° 17 «Pastene», dictado el 13 de mayo de 2025.

La Sala IV hizo lugar a ese planteo y anuló la resolución cuestionada, al considerar que debía respetarse la doctrina legal fijada por el máximo tribunal penal.

Cómo debe calcularse

En el fallo plenario «Pastene», la Cámara Federal de Casación Penal había establecido que las multas previstas para los delitos de narcotráfico deben calcularse tomando como referencia el valor del formulario del Registro Nacional de Precursores Químicos vigente al momento en que se intima el pago, criterio que, según recordó ahora el tribunal, resulta obligatorio para todos los órganos judiciales federales.

Con esta nueva resolución, la Casación Federal reafirmó el carácter vinculante de sus fallos plenarios y dejó sentado que ningún tribunal penal federal puede apartarse de esa doctrina legal, consolidando así un criterio uniforme para la aplicación de las multas en este tipo de procesos penales.

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