El proyecto de ley que fue presentado por el presidente Javier Milei buscará garantizar la independencia del Banco Central, pero antes modificará sus funciones.
Finalmente, Javier Milei descartó la idea de cerrar el Banco Central y optó por enviar al Congreso una reforma estructural para la entidad. La iniciativa según lo fundamentos del Ejecutivo persigue un objetivo fundacional: “Dotar al Banco Central de la República Argenitna de un régimen legal que garantice su independencia funcional y financiera”. En ese marco, y para sorpresa de nadie, el texto se aferra a la ortodoxia económica e identifica al financiamiento monetario del déficit como la raíz de los padecimientos económicos del país
Una sola misión
La reforma propuesta elimina la multiplicidad de objetivos que la ley actual impone a la entidad. El Ejecutivo sostiene que asignar metas contradictorias, como el empleo o el desarrollo social, sólo sirve para diluir la responsabilidad de las autoridades. En su lugar, el artículo 1° de la iniciativa establece que la misión “primaria y fundamental” de la institución consiste en “preservar el valor de la moneda”.
Los fundamentos del proyecto califican las reformas previas como una “consagración de la ignorancia” que permitió “el inmoral saqueo de las reservas internacionales”. Bajo esta nueva lógica, el Banco Central abandona funciones de banca de fomento y se concentra en la estabilidad de precios. El texto repite el mantra libertario respecto a la variación general de precios y en los fundamentos sostiene: “La inflación es siempre y en todo lugar un fenómeno monetario generado por un exceso de oferta que conlleva una pérdida del poder adquisitivo del dinero”.
Por la perpetuidad del cambio
Para garantizar que esta misión se cumpla sin interferencias, la propuesta fortalece la estabilidad de los miembros del Directorio. El nuevo régimen plantea causales de remoción taxativas y estrictas para evitar destituciones por motivos políticos o discrepancias técnicas. La norma busca que “nadie pueda ser removido por resistirse a desviar la política monetaria para cumplir objetivos populistas”.
El mecanismo de remoción exige ahora un control legislativo riguroso. El Poder Ejecutivo sólo podrá decretar el cese de un director si cuenta con “la previa aprobación de ambas cámaras del Congreso de la Nación con una mayoría de dos tercios de sus miembros presentes”. Además, el proyecto deroga la facultad del Ministro de Economía de participar en las reuniones del Directorio, lo que asegura una “delimitación más clara de influencias” entre la política fiscal y la monetaria.
Clausura definitiva de la “maquinita” de emitir
El núcleo de la reforma prohíbe de forma absoluta todo canal de financiamiento del Banco Central al sector público. Deroga los “adelantos transitorios”, un instrumento que el Ejecutivo describe como el “principal vehículo de la dominancia fiscal sobre la política monetaria”. Para dimensionar el problema, el texto advierte que, de aplicarse el régimen actual, el Tesoro podría solicitar fondos que superan el “ochenta por ciento (80%) de la base monetaria actual”.
La prohibición se extiende a todas las jurisdicciones. El Banco Central no podrá “conceder préstamos al Gobierno nacional, a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las municipalidades, sin excepción alguna”. Bajo esa misma lógica deja de lado la posibilidad de que la autoridad monetaria compre títulos públicos en el mercado primario, lo que cierra cualquier vía de suscripción directa de deuda estatal.
Sinceramiento contable
El proyecto introduce reglas estrictas para la distribución de utilidades con el fin de evitar que el Banco Central emita dinero sobre ganancias ficticias. Estipula que “sólo se considerarán distribuibles las utilidades realizadas y líquidas, no originadas por variaciones en el tipo de cambio o en el valor del oro”. Esta medida impide que las devaluaciones de la moneda se conviertan en recursos para el Tesoro, una práctica que el Ejecutivo tilda de “vía de descapitalización de sentido único”.
Además, establece que las utilidades solo podrán transferirse al Gobierno nacional una vez que las reservas alcancen el cincuenta por ciento del capital del Banco. Un punto clave de la norma exige que esos fondos se destinen “exclusivamente a la cancelación de deuda pública». Para reforzar la solvencia, declara “la inembargabilidad de los bienes que integran las reservas” y moderniza las facultades del Banco para operar con activos financieros líquidos y oro.
El saneamiento del balance y la transición
La reforma contempla un mecanismo transitorio para limpiar el activo de la institución. En ese marco lo propone al Gobierno de Javier Mieli es que mientras existan deudas pendientes, los resultados por variaciones de tipo de cambio se aplicarán directamente a “la cancelación total de los adelantos transitorios otorgados al Estado nacional y las letras intransferibles”. Dentro de ese contexto el Ejecutivo define este proceso como un “saneamiento indispensable” para que el Banco Central recupere su capacidad operativa.
Así las cosas, y de acuerdo a los dogmas a los que se aferra la política económica de la gestión, el Gobierno busca en base a este proyecto de ley restablecer “las condiciones institucionales, patrimoniales y operativas indispensables” para que el país cuente con una moneda estable. Por eso, en los fundamentos, el Gobierno señala que el texto que se pone a consideración del Congreso “es el único camino para garantizar el crecimiento económico sostenido y la protección del salario y del ahorro de los argentinos”.
