El Ministerio de Relaciones Exteriores informó a la Justicia argentina que “los Estados Unidos han decidido postergar la consideración de la solicitud de extradición… en virtud de que Maduro Moros se encuentra actualmente sometido a juicio” en ese país.
En febrero de este año el juez federal Sebastián Ramos formalizó el pedido de extradición de Nicolás Maduro ante los Estados Unidos, para que el ex Presidente venezolano compareciera ante los tribunales de Comodoro Py para prestar declaración indagatoria en el expediente en el que está acusado por crímenes de lesa humanidad.
El mecanismo de extradición había sido solicitado con carácter urgente a comienzos de enero por el fiscal federal Carlos Stornelli, quien acompañó el planteo de las querellas -el Foro Argentino por la Democracia en la Región (FADER) y la Fundación Apolo-. En su dictamen, el fiscal subrayó que, ante la detención del imputado en el exterior, resultaba imprescindible asegurar su sujeción al proceso argentino.
Stornelli recordó además que sobre Maduro ya pesaba un llamado a indagatoria con orden de detención vigente, dictado en cumplimiento de lo resuelto por la Cámara Federal porteña en noviembre de 2024. Para la fecha del pedido de Ramos, Maduro ya había sido trasladado por la fuerza desde Caracas a Nueva York, donde enfrenta cargos por narcoterrorismo que podrían acarrearle la prisión perpetua.

Mariela Bondar, directora de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunicó al Juzgado Federal 2 que “las autoridades estadounidenses competentes manifiestan que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 (2) del Tratado de Extradición suscripto entre ambos países, los Estados Unidos han decidido postergar la consideración de la solicitud de extradición… en virtud de que Maduro Moros se encuentra actualmente sometido a juicio” en ese país.
El párrafo 2 del acuerdo de extradición entre ambos países estipula que “el Estado requerido puede postergar los trámites de extradición si la persona reclamada está siendo procesada o cumple una condena en su propio territorio por un delito distinto”.
Además de los exiliados venezolanos en la Argentina que denunciaron las violaciones a los derechos humanos que sufrieron en su país, el juez Ramos citó como testigo en el expediente al gendarme argentino Nahuel Ramos, quien estuvo 448 días ilegalmente preso en Venezuela.
Gallo fue detenido el 8 de diciembre de 2024, cuando iba a visitar a su esposa y a su hijo. Acusado de haber viajado para desarrollar tareas de espionaje, fue alojado junto con otros detenidos en los centros “Helicoide” y “Rodeo 1”, donde habrían sido objeto de torturas y amenazas.

Bajo el principio de la jurisdicción universal, los tribunales argentinos asumieron la competencia para investigar torturas, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales atribuidas a fuerzas de seguridad del Estado venezolano desde 2014, sobre la base de los informes de la Organización de las Naciones Unidas, en particular los elaborados por la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela, además de testimonios directos de víctimas que declararon ante la justicia local.
Este andamiaje habilita, a su vez, la emisión de órdenes internacionales y la extradición activa del imputado desde terceros países.
