La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar a un habeas corpus de Gendarmería Nacional y pide al gobierno de Nicolás Maduro que informe de modo inmediato el paradero de Nahuel Agustín Gallo, el gendarme detenido en ese país, los motivos y a disposición de qué autoridad judicial competente se encuentra.
Lo que importa
Nahuel Agustín Gallo, cabo primero de la Gendarmería Nacional Argentina, fue detenido el 8 de diciembre último en Venezuela bajo acusaciones de espionaje, según lo admitido por autoridades venezolanas.
La falta de información sobre su paradero y condiciones de detención derivó en la presentación de un hábeas corpus por parte de la Gendarmería, que inicialmente fue rechazado.
La Cámara Federal de Mendoza revocó esta decisión, amparándose en el principio de jurisdicción universal y los compromisos internacionales de Argentina para proteger derechos fundamentales como la libertad y la vida.
Los jueces Manuel Pizarro, Gustavo Castineira de Dios y Juan Perez Curci resolvieron:
- Hacer lugar al recurso de apelación, declarar procedente la acción de Habeas Corpus presentada por Gendarmería Nacional Argentina en representación de Nahuel Agustín Gallo.
- Exhortar -por la anterior instancia- a la República Bolivariana Venezuela a que, a través de las autoridades correspondientes, informen de modo inmediato el paradero del Sr. Nahuel Agustín Gallo, los motivos de su detención y a disposición de qué autorida judicial competente se encuentra
- Instar a las autoridades judiciales de Venezuela a presentar física o telemáticamente al Sr Agustín Gallo ante las autoridad que designe a través de la vía diplomática el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional Culto de la República Argentina con el fin de ser asesorado por las mismas (art 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares), facilitando asimismo el contacto con sus familiares.
- Ordenar a la Fiscalía de Distrito de Mendoza que abra una investigación para determinar «la posible comisión del delito de desaparición forzada de personas»
- Dar intervención a la Cancillería argentina para que haga saber a la justicia de Venezuela los alcances de la resolución judicial
Razones de los jueces
«Nos encontramos ante una situación en la que se ha privado de la libertad a un ciudadano argentino desconociendo por el momento los motivos de la misma y cuál ha sido la autoridad competente que la ha ordenado», advierten los magistrados.
Ante lo ocurrido, el Poder Judicial «debe dar una respuesta urgente y expedita ante la situación de incertidumbre en la que se encuentra el Sr. Nahuel Agustín Gallo y sus familiares»
Los camaristas mendocinos agregaron: «Entendemos que corresponde hacer lugar a la acción habeas corpus presentada por los representantes de la Gendarmería Nacional y proveer los medios conducentes a fin de dar con el paradero y conocer cuál es la situación procesal en la que se encuentra el mismo»
Contexto
La detención de Gallo ocurrió al ingresar a Venezuela desde Colombia, momento en el que perdió contacto con su familia y cuando viajaba a visitar a su esposa y su pequeño hijo que se encuentran en ese país.
Según el fallo, las autoridades venezolanas reconocieron su aprehensión, pero no precisaron detalles sobre el lugar ni las condiciones de su detención.
En palabras de la Cámara, esta situación constituye una “violación flagrante de derechos humanos fundamentales”, agravada por la falta de relaciones diplomáticas directas entre ambos países.
El hábeas corpus fue presentado inicialmente por la Gendarmería, argumentando que Gallo podría ser víctima de desaparición forzada, en línea con la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas. No obstante, el juzgado de primera instancia rechazó la acción, alegando falta de jurisdicción debido a la territorialidad del hecho.
La Cámara Federal revirtió esta decisión y recordó que el principio de jurisdicción universal permite juzgar ciertos crímenes más allá de las fronteras.
“El Estado argentino tiene la obligación de actuar frente a graves violaciones a los derechos humanos, incluso fuera de su territorio”, afirmó el fallo.
Cómo sigue
El tribunal ordenó exhortar a Venezuela para que informe sobre el paradero y las condiciones de Gallo. También instruyó al Ministerio de Relaciones Exteriores argentino a intensificar las gestiones diplomáticas y a la Cancillería para que notifique la sentencia a las autoridades venezolanas.
Este caso expone no solo las tensiones diplomáticas entre Argentina y Venezuela, sino también los desafíos de aplicar estándares internacionales de derechos humanos en contextos de crisis.
La Cámara destacó que “el hábeas corpus es una herramienta crucial para proteger la vida y la integridad de los detenidos”, remarcando que el principio de jurisdicción universal no está limitado a condiciones específicas.
La familia de Gallo, que ha enfrentado múltiples obstáculos para acceder a información, sigue esperando respuestas