Nadia Gabriela Podsiadlo recibió dos años de prisión condicional y tres años de inhabilitación profesional por intentar cobrar una suma de dinero con la excusa de un falso acuerdo con un fiscal. El caso se descubrió por la denuncia de la madre del detenido.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de 8° Nominación de Córdoba condenó a una abogada que intentó cobrar una coima a la madre de un detenido, alegando que el dinero sería entregado al fiscal para facilitar la libertad del imputado.
Nadia Gabriela Podsiadlo recibió dos años de prisión condicional por el delito de defraudación con el pretexto de remuneración ilegal en grado de tentativa, y una inhabilitación especial de tres años para ejercer la abogacía.
Según el fallo, la maniobra consistió en engañar a Gloria Adriana Vallejos, madre del detenido, haciéndole creer que el fiscal a cargo del caso exigía el pago de una suma en efectivo para liberar a su hijo. El punto de contacto fue el monto exacto de la fianza impuesta por el Ministerio Público: 30 mil pesos. Podsiadlo utilizó esa coincidencia para simular que existía un trato informal con el fiscal e incluso sugirió que podía conseguir una “rebaja” del importe.
Sin embargo, la víctima, desconfiando de lo que consideró una exigencia irregular, alertó a las autoridades judiciales, que organizaron un operativo. Así fue como la policía detuvo a la abogada en el momento exacto en que guardaba el dinero en su cartera, lo que permitió frustrar el delito “gracias al oportuno actuar funcional”, según destacó el camarista.
El camarista Juan Manuel Ugarte destacó que la abogada actuó deshonestamente, abusando de su rol profesional y aprovechándose de la vulnerabilidad de la madre del detenido. “Con sus dichos, claramente la imputada procuró engañar a Vallejos para que ésta hiciera la disposición patrimonial perjudicial”, escribió en el fallo.
La sentencia consideró como agravante la osadía de cometer el fraude a las puertas del propio órgano judicial y la “actitud desleal” hacia sus colegas, que ejercen la defensa de manera honesta. También destacó el daño institucional causado: “Comprometió con su accionar el honor y la honra del Poder Judicial en su conjunto”.
En su análisis, el juez admitió que un profesional puede exigir una contracautela al momento de prestar una fianza, es decir, un resguardo económico frente a posibles incumplimientos del encausado. Pero aclaró que eso debe comunicarse de forma transparente y nunca presentarse como un pago a un funcionario judicial.
“La cuestión no es cobrar por una fianza, sino actuar en ello, o en cualquier otro extremo de la práctica forense, en forma deshonesta. Delictivamente, en nuestro caso”, sostiene el fallo.
La pena coincide con el requerimiento efectuado por el fiscal de Cámara Fernando López Villagra, quien impulsó la acusación con base en las pruebas recolectadas, incluidas conversaciones por teléfono y WhatsApp entre la abogada y la víctima.
