La Justicia rechazó levantar el embargo sobre la mezquita perteneciente a uno de los acusados del atentado a la AMIA

La Cámara Federal confirmó que los inmuebles son propiedad de Mohsen Rabbani, imputado en la causa por el atentado a la AMIA y que no corresponde aplicar la inembargabilidad de bienes religiosos.

La Cámara Criminal y Correccional Federal rechazó el pedido de la Asociación Argentino Islámica para levantar el embargo sobre los inmuebles de la Mezquita Al-Imam, ubicada en Rivadavia y Florida, en el partido de Cañuelas. El tribunal sostuvo que los bienes pertenecen a Mohsen Rabbani, imputado y declarado rebelde en la causa por el atentado a la AMIA, y que no corresponde aplicar la excepción prevista para bienes religiosos.

El planteo había sido impulsado por Roberto Rubén Medina, máxima autoridad religiosa de la asociación, quien argumentó que “los bienes afectados a cualquier religión reconocida por el Estado son inembargables”, según el artículo 744 inciso d) del Código Civil y Comercial. También invocó las garantías de libertad religiosa y de culto de la Constitución.

Sin embargo, el juez Mariano Llorens remarcó que “no se encuentra controvertida la ausencia de un título jurídico que vincule a la entidad religiosa con los inmuebles embargados –siendo su relación de carácter puramente material– como tampoco que los bienes son propiedad de Mohsen Rabbani, imputado y declarado rebelde en el marco de estas actuaciones”.

Mohsen Rabbani, ex agregado cultural de la embajada de Irán en Buenos Aires y acusado de ser el autor intelectual del atentado contra la AMIA.

En esa línea, recordó que la inembargabilidad debe aplicarse de manera restrictiva: “Tal como ensaya el magistrado de grado, de no ser así cualquier persona física, con sólo realizar actividades religiosas dentro de un inmueble de su propiedad, estaría en condiciones de sustraerlo del alcance de sus acreedores o de las medidas cautelares dispuestas en el marco de un proceso judicial”.

Por su parte, el juez Martín Irurzun destacó que el embargo, trabado originalmente en 2008 por una suma superior a 1.800 millones de pesos, tiene por objeto “garantizar que se cumplan eventuales obligaciones patrimoniales derivadas de este proceso”. Aclaró además que la medida “no impide que la entidad pueda continuar ejerciendo libremente actividades de culto en el lugar”.

Finalmente, el tribunal resolvió: “Confirmar la resolución apelada en todo lo que dispuso y cuanto fue materia de apelación”, dejando firme el embargo preventivo sobre los inmuebles.

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