El juez en lo Penal Económico Diego Amarante, quien lo investiga por una presunta retención de tributos y aportes, rechazó el pedido que implicaba no tener que pedir autorización durante 60 días cada vez que tuviera que salir del país.
Ante la inminencia del próximo Mundial de Fútbol, que se jugará desde el 11 de junio próximo en Estados Unidos, México y Canadá, los abogados del presidente de la AFA Claudio Tapia habían argumentado que su agenda y sus compromisos eran incompatibles con una solicitud por cada viaje al exterior que tuviera que realizar. Insistieron en que no se trataba más que de una forma de remover trabas burocráticas, aunque sin desconocer la autoridad del magistrado.
Sin embargo, el juez Diego Amarante, en su rechazo, replicó que “se proyecta bajo una modalidad genérica que difiere sustancialmente de los permisos excepcionales y acotados” de los que ya se benefició en oportunidades anteriores y añadió que una que una autorización de esa clase “requiere una observancia rigurosa de las pautas de conducta, exigencia que no se verifica” en el caso de Tapia.
Pese a que el fiscal Claudio Navas Rial era proclive a conceder el pedido, el juez echó mano incluso al argumento del “riesgo procesal” al recordar un viaje a Venezuela que Tapia hizo en un vuelo privado de la AFA para acompañar en su regreso al país del gendarme Nahuel Gallo, preso de la dictadura bolivariana.
En esa ocasión pasó de planear un viaje a Venezuela desde otro país, a pedir permiso, que no recibió, para inaugurar un centro de altro rendimiento deportivo en Caracas. Esos cambios que quedaron sin explicación fueron algunos de los elementos que el juez tuvo en cuenta para rechazar el «permiso general«, que eventualmente “diluiría el control jurisdiccional efectivo y necesario para asegurar los fines del proceso”.
Por otra parte, Amarante negó que el análisis caso por caso de cada viaje fuera una modalidad excesivamente gravosa, como argumentó la defensa del presidente de la AFA. “La indeterminación de los destinos y la falta de una agenda cerrada obstaculizan el objetivo de velar por la constante sujeción del encausado”, que no debe interpretarse como “un dispendio administrativo, sino como el mecanismo para garantizar la función cautelar”.
Con cierta ironía, el juez recogió los dichos del propio Tapia, vertidos en indagatoria, en los que dijo haber pasado fuera del país 141 días en 2024 y 139 en 2025. Entonces, razonó el juez, “su ausencia física en el territorio nacional no ha resultado un impedimento para el ejercicio de los cargos”.
Amarante tiene que resolver la situación procesal de Tapia y de otros cuatro imputados, a los que se les achaca haber acumulado deudas con ARCA de alrededor de 19 mil millones de pesos. La Cámara de Apelaciones del fuero, por su parte, aún no resolvió los planteos pendientes por “inexistencia de delito” en esta causa.
