Como subrogante del Juzgado Federal 11, el juez Ariel Lijo pidió a la Gendarmería Nacional que arbitrara “los medios necesarios para establecer si los audios fueron objeto de algún tipo de adulteración y/o edición por medio de inteligencia artificial o cualquier otro método similar”.
La defensa del ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) Diego Spagnuolo planteó la nulidad de la causa por considerar que los audios que la iniciaron son clandestinos y, según una pericia privada, habría un alto porcentaje de que hubieran sido editados o cortados. La Cámara Federal le indicó al juez anterior del expediente, Sebastián Casanello, que investigara el origen de esas grabaciones, pero el magistrado no cumplió con esa orden porque era un aspecto que estaban analizando el juez Julián Ercolini y el fiscal Carlos Stornelli y, además, sus decisiones no se basaban sobre los audios cuestionados sino sobre otros elementos de prueba.
Los procesamientos dictados en febrero por Casanello por asociación ilícita, cohecho y administración fraudulenta en la compra de medicamentos, fueron apelados por las defensas, quienes fueron escuchadas por la Sala II de la Cámara Federal en audiencias que se extendieron hasta la última semana de abril.
El fiscal Franco Picardi pidió y obtuvo que el juez Ariel Lijo llamara a una segunda tanda de indagatorias a Spagnuolo, su segundo Daniel Garbellini y más de 20 personas vinculadas con la compra de material médico dedicado a pacientes de alta vulnerabilidad con sobreprecios y cartelización de empresas. Las audiencias comenzaron el 28 de abril y hasta ahora todos los imputados se negaron a declarar.
Las razones de Lijo
El juez resolvió súbitamente contrariar el criterio de su colega Casanello, según algunos, para evitar la nulidad de la causa. Es que las defensas plantearon el conocido argumento del fruto del árbol prohibido, según el cual cuando en un expediente se produce un hecho inválido, en este caso aceptar escuchas de origen desconocido sin constatar su origen, de allí en adelante todo lo que se resuelva carece de legitimidad. En resumen, podría caer toda la investigación.
Otras fuentes estiman que Lijo se anticipó a un eventual fallo de la Sala II, tras las audiencias de apelación, en el que se insistiera en la necesidad de investigar el origen de los audios iniciales de Spagnuolo. El 4 de diciembre del año pasado, esa Sala había dicho que “los cuestionamientos se centran en la utilización de una serie de audios difundidos por medios de comunicación públicos, en los que se escucha a una persona -cuya voz se atribuye a Diego Orlando Spagnuolo-, aludir a diversos hechos ilícitos que rodearían las compras que realiza la Agencia Nacional de Discapacidad”.
Las defensas habían añadido al argumento de la falsedad de los audios, que independientemente de que los procesamientos no se hubieran apoyado en las grabaciones, era evidente que si no se hubieran conocido, la investigación nunca se hubiese iniciado.
Los votos de Roberto Boico y Martín Irurzun coincidieron en que nada se sabe sobre el origen de los audios atribuidos a Spagnuolo, ni para anular el expediente, ni para avalar lo hecho por Casanello, a quien le ordenaron “disponer todo lo necesario para despejar los interrogantes vigentes”. El juez no lo hizo y procesó a los imputados.
La fiscalía se acuerda de Skanska y la “operación Puf”
En ese mismo fallo de diciembre pasado, hubo un voto minoritario, el del camarista Carlos Farah, quien acompañó la decisión de Casanello argumentando que “el contenido de los audios da cuenta -en la voz de quien sería el funcionario titular de la ANDIS- de datos precisos de personas que sonreales (otros funcionarios y empresarios), de datos precisos sobre operatoriasconcretas en el organismo y al que esas otras personas se vinculaban (por desempeñarse allí o por ser proveedores del Estado o por haber actuado como intermediarios), de datos precisos de situaciones de la gestión del organismo y de actos de corrupción vinculados a esas operatorias y a esas personas (con indicación de montos y porcentajes de sobornos y de la forma y porcentajes de reparto de los mismos) etc., todo lo cual exhibe prima facie verosimilitud suficiente para el inicio de una investigación como la que se peticiona en las denuncias realizadas y para disponer medidas tendientes a la acreditación de los hechos o su descarte”.
El fiscal Franco Picardi ratificó su convicción de que es irrelevante conocer cómo aparecieron las grabaciones: “Todos los días se reciben mails, llamadas anónimas, a dependencias judiciales o policiales y se empieza a investigar a ver qué tienen de cierto, sin ponerse a analizar quién es el autor; muy distinto sería si se tratara de escuchas efectuadas por organismos estatales sin control judicial, eso sí sería ilícito”. Picardi actuó en la llamada “operación Puf”, en la que la AFI escuchó ilegalmente a presos kirchneristas involucrados en la causa “Cuadernos”, a quienes les atribuyeron una maniobra para sacar de ese expediente al fiscal Stornelli.
El fiscal también evocó la causa Skanska en 2005, donde se utilizó judicialmente un audio encontrado en un allanamiento efectuado a la empresa sueca, en la que el gerente comercial Javier Azcárate admitpia al auditor Claudio Corizzo el pago de coimas para obtener la construcción de los gasoductos Norte y Sur.
El audio fue motivo de una larga batalla legal: inicialmente fue invalidado por la Cámara Federal en 2008 al considerarse que fue obtenido mediante un “ardid”. Sin embargo, tras varias apelaciones, la Corte Suprema y la Cámara Federal validaron la grabación en 2018.
