El martes próximo el Tribunal Oral Criminal Federal 2 dará a conocer su veredicto sobre la adjudicación de obras de ampliación de gasoductos a la constructora brasileña Odebrecht, donde ex funcionarios -entre ellos Julio De Vido- están acusados por el presunto delito de negociaciones incompatibles con la función pública.
El juicio oral que se desarrolla ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2, integrado por los jueces Néstor Costabel, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini, tiene su origen en una investigación de hace casi dos décadas, en el marco de la causa por los sobornos que pagó la empresa sueca Skanska para la construcción de gasoductos, donde el fiscal federal Federico Delgado detectó una serie de maniobras irregulares. Con la intervención del juez Daniel Rafecas, esa pesquisa derivó en la causa que finalizará el martes próximo: la adjudicación de obras de ampliación de gasoductos a la constructora brasileña Odebrecht, entre 2006 y 2008.
Lo que se juzga es el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, la acusación sostiene que los funcionarios imputados usaron sus cargos para beneficiar ilegalmente a Odebrecht en la licitación de las obras de ampliación de los gasoductos de la Transportadora Gas del Norte (TGN) y la Transportadora Gas del Sur (TGS), financiadas a través del “Fideicomiso Gas”, con una inversión superior a los 2.300 millones de dólares.
En su alegato el fiscal general Diego Luciani y el fiscal coadyuvante José Ipohorski Lenkiewicz describieron la maniobra como un “claro e inadmisible direccionamiento” hacia Odebrecht en una contratación “de enorme envergadura” en la que los acusados “al amparo de una falsa apariencia de licitud de sus conductas, convergieron en un claro objetivo: beneficiar ilegalmente a la firma Odebrecht”. Para lograrlo, señaló, “soslayaron los más básicos principios que deben guiar a toda contratación pública”: la transparencia, la publicidad, la igualdad de trato entre oferentes y la promoción de la competencia.
La fiscalía reconstruyó cómo cada imputado habría intervenido en la maniobra mediante reuniones privadas con representantes de Odebrecht, el dictado de resoluciones y la tramitación de expedientes administrativos orientados a favorecer a la empresa.
Las penas más altas -cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos- fueron pedidas para el exsecretario de Energía de la Nación Daniel Cameron, a quien la fiscalía señala como autor del delito, y para el exministro de Planificación Federal Julio De Vido, imputado como partícipe necesario. La distinción se funda en que Cameron habría sido quien ejecutó directamente la maniobra en su rol de conducción de la política energética; De Vido, en cambio, habría intervenido desde el Ministerio de Planificación de manera tal que su participación resultó indispensable para consumarla.
Para el ex subsecretario de Combustibles de la Secretaría de Energía Cristián Alberto Folgar y el exgerente general y vicepresidente de CAMMESA Luis Alberto Beuret, la fiscalía solicitó tres años y seis meses de prisión e inhabilitación especial perpetua, también en carácter de partícipes necesarios.
El quinto imputado que llegó al debate, el exsubgerente de CAMMESA Julio Armando Bragulat, fue el único para quien la fiscalía pidió la absolución, porque no pudo acreditarse que hubiera “conocido los alcances de la maniobra tal como fue concebida por sus consortes, ni tampoco está acreditado que tuviera conciencia en la participación en el delito”.
Un sexto acusado, el exsubsecretario de Energía Eléctrica Bautista Jacinto Marcheschi (86), quedó fuera del proceso por incapacidad sobreviniente.
La fiscalía también solicitó el decomiso de todo lo que hubiera servido para cometer el hecho y de las ganancias o bienes que fueran producto del delito.
Los argumentos de las defensas
Previsiblemente, las defensas pidieron la absolución de todos los imputados con un argumento central compartido: que la fiscalía no advirtió que las contrataciones respetaron la normativa vigente en un contexto de emergencia económica y energética.
El defensor público oficial Santiago Finn, a cargo de Cameron y Folgar, sostuvo que ninguno de los dos tenía intereses personales en la selección de las empresas contratadas, y que la fiscalía no comprendió que “las normas que se aplicaban para realizar estas obras estaban basadas en la emergencia energética”, mencionada en todos los decretos involucrados. Finn agregó que en la causa no se probaron sobreprecios, sobornos ni direccionamiento.
La defensa de Beuret siguió una línea similar pero más acotada al rol institucional de CAMMESA: el abogado Gastón María Abrutín Suárez argumentó que su cliente solo acató instrucciones de la Secretaría de Energía y que la participación de la compañía en el proceso de contratación era esperable, dado que como órgano regulador del mercado eléctrico mayorista debía garantizar la provisión de gas para la generación de electricidad.
El abogado Gabriel Palmiero, defensor de De Vido, argumentó que el ex ministro actuó dentro de sus competencias para resolver la emergencia energética, sin beneficio personal. De Vido siguió la audiencia por videoconferencia desde Zárate, donde cumple arresto domiciliario en su chacra de Puerto Panal, por su condena en la causa de la Tragedia de Once.
El más breve fue el alegato de la defensa de Bragulat: el abogado Diego Olmedo expuso en dos minutos: dado que el propio fiscal Luciani había pedido la absolución de su cliente por falta de pruebas, señaló, correspondía preguntarse “qué hace Bragulat en esta causa”.
