La Justicia advirtió a Cristina Kirchner que podría revocar su prisión domiciliaria

A raíz de la instalación de una bandera de grandes dimensiones en la que la ex presidente Cristina Kirchner colaboró “de propia mano”, el juez de ejecución de la pena la intimó a abstenerse de llevar adelante conductas que implican el incumplimiento de las pautas y condiciones bajo las cuales le fue concedida y se ejecuta la prisión domiciliaria.

Según relata el juez Rodrigo Giménez Uriburu, el jueves pasado, la ex Jefa de Estado contribuyó a la instalación de una bandera de grandes dimensiones, “soportada por una estructura de cables tensores”, desde una ventana de un edificio ubicado en la esquina enfrentada a San José 1111 donde cumple su prisión domiciliaria.

La bandera “fue extendida cruzando la calzada y su espacio aéreo hasta quedar sujeta al balcón de la vivienda donde Fernández de Kirchner cumple su sanción…surge de las constancias obrantes en autos que participó activamente en el despliegue de la referida bandera, utilizando el balcón de su propio domicilio de arresto como punto de anclaje y sujeción, y hasta colaborando de propia mano con dicha acción”.

El juez recuerda que ha habido todo tipo de manifestaciones de sus seguidores en la zona desde que fue condenada, que han violentado la tranquilidad de los vecinos, pero nunca hasta la semana pasada se podía asegurar que ella hubiera tenido alguna participación. En esta ocasión, la actitud de Cristina Kirchner ha sido personal, riesgosa y perturbadora.

Giménez Uriburu destaca que la instalación de los tensores de vereda a vereda, por sobre el espacio aéreo de la calle, puso en peligro a la propia condenada, pero también a los transeúntes, peatones y vehículos que circularon por San José al 1100, en el barrio de Constitución.

Por otra parte, subraya que el despliegue de pasacalles, carteles, o, como en este caso, una bandera de grandes dimensiones sostenida por cables tensores, requiere una autorización expresa de la autoridad municipal que, de haberse obviado, implicaría una contravención.

Pero independientemente de esas consideraciones, “el despliegue de una pancarta de tales características desde y hacia el domicilio de arresto perturba objetiva e indefectiblemente la tranquilidad del vecindario y altera la convivencia pacífica de sus habitantes, afectando de manera directa la condición de conducta cuya observancia fue expresamente impuesta a la condenada”, remarcó el juez.

La actitud de Cristina Kirchner, contribuyendo al despliegue de la bandera desde y hacia su balcón con sus propias manos “no es compatible con las obligaciones asumidas en el marco de la prisión domiciliariamconcedida, ni con el estándar de comportamiento que el tribunal tuvo en miras al imponer las reglas de conducta oportunamente
establecidas”.

Giménez Uriburu concluye intimando “a Fernández de Kirchner para que, en lo sucesivo, se abstenga de desplegar conductas o asumir comportamientos que puedan implicar el incumplimiento de las pautas y condiciones bajo las cuales fue concedida y se ejecuta la modalidad domiciliaria”.

Si no lo hiciera y se verificasen nuevas violaciones a los requisitos bajo las cuales se le concedió el beneficio, el juez advierte sobre la aplicación de la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad, que eventualmente lo autorizaría a dejar sin efecto la prisión domiciliaria por el quebrantamiento de las condiciones en que fue concedida.

Giménez Uriburu, Luciano Gorini y Andrés Basso integran el Tribunal Oral Criminal Federal 2 que el 6 de diciembre de 2022 condenó a la ex Presidente a seis años de cárcel e inhabilitación perpetua para desempeñar cargos públicos, por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en la causa “Vialidad”.

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