La Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó los procesamientos de Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino por evasión

Los camaristas Roberto Hornos y Carolina Robiglio confirmaron los procesamientos por retención indebida de aportes de alrededor de 19 mil millones de pesos. En cuanto al tesorero, mantuvo la prohibición de salir del país. En el mismo fallo revocaron los procesamientos de los dirigentes Víctor Blanco, Cristian Malaspina y Gustavo Lorenzo.

La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó el procesamiento de Pablo Toviggino, tesorero de la AFA, como coautor de apropiación indebida de tributos y de recursos de la seguridad social, ambas figuras agravadas. También quedaron firmes el embargo de $350.000.000 sobre sus bienes y la prohibición de salir del país.

La Cámara remarcó que, según el estatuto de AFA, es quien tiene a cargo el área económico-financiera y quien daba la orden de qué obligaciones pagar. Eso surgió de los testimonios de las empleadas del área contable, una de ellas, Mónica Bouvet, declaró: “se confecciona en mi área la declaración jurada… y a partir de allí yo informo por mail al Tesorero -Pablo Toviggino- el vencimiento para el pago… Esta instrucción de pago siempre me la da en forma verbal el tesorero, personal o telefónicamente”.

Los jueces también descartaron el planteo de la defensa de Toviggino, que alegaba un error de prohibición invencible, es decir que su cliente creía de buena fe, que las obligaciones no estaban vencidas por una resolución del Ministerio de Economía que suspendía las ejecuciones fiscales a entidades sin fines de lucro (como la AFA).

La Cámara señaló que esa norma “se relaciona con las facultades de la administración tributaria para ejercer acciones tendientes al cobro de deudas, pero de su texto no surge que se haya alterado la vigencia temporal de las obligaciones de los contribuyentes”, y que de hecho la AFA recibió intimaciones de pago durante todo el período investigado.

La particular situación de “Chiqui” Tapia

El presidente de la AFA, Claudio Tapia, y la entidad como persona jurídica no fueron parte de esta decisión, porque su recurso de apelación había sido declarado desierto por la misma Sala A el 30 de abril, en razón de que la defensa no se presentó a la audiencia fijada para sostener el recurso y pidió la postergación fuera de término. Por eso el fallo enfatiza que “no corresponde que esta Sala se pronuncie respecto de la situación de Claudio Fabián TAPIA y de la ASOCIACIÓN DEL FÚTBOL ARGENTINO por la presente resolución”. Esto significa que el procesamiento original del juzgado de primera instancia respecto de ambos sigue en pie, simplemente no fue revisado en esta instancia.

En su caso, es como si el fallo de Cámara no hubiese sido dictado: al no analizar su situación por no haber presentado como debía los recusos de apelación, su procesamiento como coautor de retención indebida de tributos y aportes a la seguridad social y su embargo de 350 millones de pesos continúan tal como fueron dictados por el juez de primera instancia, Diego Amarante.

Tres procesamientos revocados por “prematuros”

La Cámara revocó los procesamientos de Víctor Blanco Rodríguez y Cristian Malaspina, ambos secretarios generales de la AFA en distintos tramos del período investigado, y de Gustavo Lorenzo, director general de la entidad. Paralelamente, quedaron sin efecto los embargos que pesaban sobre sus bienes.

En los tres casos, el argumento central fue el mismo: el juzgado de primera instancia no probó que tuvieran intervención real en la decisión de no depositar las retenciones. El tribunal calificó el temperamento del juez como «cuanto menos, prematuro» y ordenó profundizar la investigación.

Sobre Lorenzo, la Cámara valoró que su descargo —donde sostuvo ser ajeno a toda la operatoria fiscal— fue ratificado por la propia gerente de Administración y Control, Mónica Bouvet, quien dijo: “No tiene nada que ver con nuestras tareas, es decir no está al tanto de vencimientos, falta de pago y demás”.

El tribunal aclaró además que ser firmante autorizado en el banco no equivale a tener poder de decisión: “Contar con la autorización para operar en los bancos o ante el fisco en nombre de la entidad para la que trabaja una persona, es una cuestión de naturaleza operativa que no implica necesariamente que además se tengan facultades para la toma de decisiones relevantes”.

Por orden de la Cámara, la causa vuelve al Juzgado Federal en lo Penal Económico de Amarante, que deberá profundizar la investigación sobre el rol de Blanco Rodríguez, Malaspina y Lorenzo, en particular si hubo reuniones del Consejo Directivo o del Comité Ejecutivo donde se haya decidido no depositar las retenciones, antes de definir si corresponde un nuevo procesamiento.

Los montos en juego

Según el reflejo de datos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) las omisiones de depósito investigadas suman, sólo en el rubro de aportes a la seguridad social, montos mensuales que en algunos períodos superaron los $2.000 millones. La Cámara también descartó el argumento de que la AFA no tenía liquidez para pagar: el Banco Credicoop informó que la entidad mantuvo, durante buena parte del período investigado, plazos fijos en pesos por unos 10.000 millones de pesos y otros en dólares por más de 7 millones.

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