La Sala G de la Cámara Civil fijó en 20 millones de pesos el resarcimiento que la cadena deberá pagarle a una mujer que se cayó frente a un local del partido de San Martín, que le acarreó dos cirugías y una incapacidad del 12%.
Los jueces Carlos Carranza Casares y Gastón Polo Olivera condenaron a Arcos Dorados, operadora de McDonald’s en 12.000.000 de pesos por incapacidad y 8.000.000 por daño moral, a lo que se suman 300.000 pesos por gastos médicos y de traslado. El hecho ocurrió la tarde del 6 de diciembre de 2020.
La prueba central salió del celular de la víctima. El perito informático extrajo un chat titulado “Chat de WhatsApp con Erica McDonald’s”. El 11 de diciembre, cinco días después de la caída, una empleada que se presentó como Erica, “de McDonald’s”, le preguntó a la víctima cómo se encontraba y cómo estaba su brazo.
Tras un intercambio, respondió otra dependiente y el perito transcribió el audio de la cliente: “Ah, mirá, yo necesitaba hablar con una chica que se llama Erika, porque yo el domingo tuve un incidente ahí en donde venden helados, lo cual estaba todo el piso sucio, yo no me di cuenta y me di un golpe muy importante”. La respuesta fue “si, estamos al tanto” y le dieron el teléfono de atención al cliente.
El 1 de febrero de 2021 la denunciante volvió a hablar con Erica, quien le dijo: “Mirá, para eso tenés q llamar al número q te dieron. Por mi parte lo que puedo hacer es enviar nuevamente un mail con tu caso y datos para q se comuniquen con vos”. La empresa había impugnado la pericia por la titularidad de las líneas, pero Telecom informó que pertenecían a la mujer y a Arcos Dorados.
Para el juez Carranza Casares, “difícilmente se pudo producir el referido intercambio de mensajes si la demandante no hubiera ostentado calidad de consumidor y quien se comunicaba con ella la de personal de McDonald’s”.
Lesiones, cirugías y pericias
Una constancia del Hospital Dr. Carlos Bocalandro indica que el 11 de diciembre de 2020 la mujer fue atendida “por dolor en hombro, muñeca y pie izquierdo por caída”. La historia clínica registra además una cirugía el 26 de enero de 2021, con un abordaje dorsal de unos cuatro centímetros en la muñeca para liberar tendones y resecar fibrosis.

La perita médica designada de oficio informó que la mujer sufrió un traumatismo del miembro superior izquierdo, con golpe en mano y muñeca, y que requirió atención médica, tres cirugías y rehabilitación kinésica. Le quedaron secuelas y una cicatriz en ese brazo. Determinó una incapacidad del 12%.
La impugnación de la empresa, que según el fallo ni siquiera estaba firmada por un profesional de la materia, fue respondida por la perita: “toda la documentación médica respaldatoria está descripta en el informe presentado”. También aclaró que uno de los estudios describía un “impacto cubito carpiano”, con fecha, “coincidiendo con el relato de los hechos y con la mecánica descripta por la actora”.
Cómo se calculó la indemnización
La Cámara Civil ponderó las condiciones personales de la víctima al momento del hecho: “55 años, soltera, con estudios primarios completos, empleada, sin ingresos acreditados”. Al no haber ingresos probados, tomó como referencia el salario mínimo, vital y móvil. Así elevó la suma a $12.000.000. El daño generado por las cicatrices no se computó en la incapacidad, sino en el daño moral, porque no se había demostrado que incidiera en los ingresos de la mujer.
El daño moral quedó en 8.000.000 de pesos. La Cámara sostuvo que el detrimento espiritual se da por sentado por la sola producción del hecho y valoró “un padecimiento espiritual que cabe presumir por el accidente en sí y sus secuelas, entre las que destaco las estéticas”. Los gastos médicos, farmacéuticos y de traslado se confirmaron 300.000 pesos, que contemplan además la continuidad del tratamiento kinésico que la perita consideró beneficioso.
