Así lo determinó la Cámara de Casación Penal Federal, permitiendo la posibilidad de que Argentina pueda demandar a Irán al considerar los atentados como delitos “de lesa humanidad”.
A poco tiempo de cumplirse 30 años del atentado de la AMIA, la sentencia dictada por los jueces Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Ángela Ledesma, exhorta al Congreso y a los gobiernos de turno a crear agencias federales de investigación y a emplear los medios necesarios para que no se repitan ataques como los suscitados en los 90.
Además propone la discusión y sanción de una ley de juicio en ausencia, la desclasificación de información que aún permanece en reserva y una modificación del sistema de enjuiciamiento penal que permita a la justicia federal ser más proactiva.
En diálogo con el programa “No dejes para mañana” conducido por Romina Manguel en Radio con vos, Mahiques expresó la posibilidad cierta que “Argentina puede demandar a Irán”.
Esta acción podría llevarse a cabo por la vía diplomática a través de un tribunal arbitral o por la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial de la ONU.
Mahiques resaltó que no se trata solamente “de una cuestión judicial, es una cuestión de Estado directamente vinculado con la seguridad nacional”.
“El acto terrorista es una amenaza concretada pero a su vez proyectada en el tiempo. No solo es un acto concreto sino además un mensaje que tiene varias lecturas que el estado argentino tiene que hacer”, señaló.
Destacó además que “es la primera vez que uno de los poderes del estado en Argentina se expide no solo sobre la cuestión estrictamente judicial sino también sobre la cuestión geoestratégica, política e internacional”.
Mahiques consideró que Irán deberá asumir su responsabilidad en los atentados por haber sido el estado que “organiza, proyecta, programa, financia, arma y ejecuta una acción terrorista en otro estado soberano”.
Por otra parte aclaró que no se está condenando “al estado, sí a las personas y juzgando hechos, los cuales reconducen a una matriz que tienen que ver con una forma de acción política. El terrorismo es una modalidad de acción política revolucionaria”.
“En el fallo se especifica claramente quienes fueron los autores, como se gestó, como se seleccionó a la Argentina. Los atentados se dieron por un fenómeno pluricausal”, destacándose el incumplimiento hacia Irán en el marco de un acuerdo tecnológico-nuclear.
Si bien el magistrado aclaró que no pertenece al ámbito de la diplomacia internacional, consideró “paradójico” que Argentina nunca rompió relaciones diplomáticas con el país islámico, “a pesar de todas las vicisitudes y los dos atentados”.