Un fiscal dictaminó este viernes por el rechazo a la habilitación de la feria judicial para tratar el amparo del ex senador Edgardo Kueider, quien intenta recuperar su banca en la Cámara alta. Ahora resuelve la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.
Lo que importa
El fiscal ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal Rodrigo Cuesta consideró que no corresponde acceder a la solicitud de Edgardo Kueider porque «no invocó, ni demostró, en forma concreta, la existencia de razones de urgencia suficientes para justificar la excepcional medida de habilitación de feria», según el dictamen al que tuvo acceso Quórum.
Las razones de urgencia invocadas por Kueider «se asientan en extremos conjeturales, como serían el eventual llamado a sesiones legislativas extraordinarias durante el receso estival en curso»
El ex senador «no alcanza a demostrar que la resolución de su planteo una vez reaunudada la actividad judicial ordinaria, pudiese generarle un perjuicio irreversible o de tal magnitud que justifique la habilitación de la feria judicial».
El fiscal concluyó que cabe descartar la existencia de una situación de urgencia «objetiva» que deba ser resuelta en el lapso de la feria judicial de enero «ni que amerite sustraer la cuestión de la consideración de los jueces que, en definitiva, deben intervenir en la causa»
Contexto
La suspensión de las funciones judiciales durante la feria judicial «es obligatoria para los jueces y justiciables».
Debido a ello, la habilitación de la feria materia de orden público- es una medida de excepción y, por lo tanto, debe acordarse con criterio restrictivo, ante situaciones de urgencia rigurosamente comprobadas, recuerda el dictamen.
El artículo 153 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación autoriza la habilitación expresa de días y horas si “se tratase de diligencias urgentes, cuya demora pudiera tornarlas ineficaces u originar perjuicios evidentes a las partes”.
El artículo 4° del Reglamento para la Justicia Nacional dispone que durante » enero y en la feria de julio los tribunales nacionales de feria despacharán los asuntos que no admitan demora”.
Cómo sigue
La opinión de la Fiscalía no es vinculante y ahora el tema será resuelto por la sala de feria A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Si este Tribunal da la razón al fiscal, la apelación de Kueider contra la decisión judicial de primera instancia que rechazó «in limine» su planteo para ser restituido en su banca será tratada recién en febrero.
