domingo, febrero 16, 2025
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“Aumentos irrazonables”: el fallo de la Justicia contra una prepaga por la suba de las cuotas en los últimos meses

Fue dictado por la Sala III de la Cámara Federal de La Plata. Los jueces entendieron que la empresa demandada dispuso aumentos que violan las normas de protección de usuarios y consumidores, actuando de forma incompatible con su función social.

La Sala III de la Cámara Federal de La Plata falló en contra de una prepaga argumentando los “aumentos irrazonables” de las cuotas en los últimos meses.

“El actuar de la empresa demandada, en cuanto al modo de disponer los aumentos, no es razonable y contradice -además- las normas de protección de los usuarios y consumidores”, dice el dictamen que lleva las firmas de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias.

En otro tramo del fallo, los camaristas destacaron el intento del gobierno para frenar los aumentos, debido a que el demandante también accionó contra el Estado nacional.

«El Poder Ejecutivo ha desarrollado un accionar mudable respecto a la regulación de la medicina prepaga. Pero es claro que se opuso judicialmente a los incrementos que habían nacido del decreto de necesidad y urgencia que dictó (N. de la R.: el DNU 70/23). Esta circunstancia es singularmente relevante y refuerza la conclusión alcanzada respecto de la irrazonabilidad de los aumentos”, precisaron.

“El actuar de la empresa demandada, en cuanto al modo de disponer los aumentos, no es razonable»

Y ampliaron: “La medicina prepaga tuvo un notable crecimiento en el país. El Estado desarrolló un marco normativo para regir la actividad que comprende desde los instrumentos convencionales y las leyes del Congreso hasta un numeroso conjunto de decretos y resoluciones. La jurisprudencia de la Corte Suprema, al interpretarlo, afirmó que aquellas empresas, más allá de sus fines comerciales tienen a su cargo una trascendental función social que está por encima de toda cuestión comercial”.

Contexto

El conflicto se origina en las medidas adoptadas por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que generaron un notable incremento en las cuotas de los servicios de medicina prepaga.

La Cámara Federal indicó que la cantidad de litigios derivados de esta situación creció significativamente. Según el tribunal, la empresa demandada dispuso aumentos que violan las normas de protección de usuarios y consumidores, actuando de forma incompatible con su función social.

El fallo también hace referencia al precedente “Ramírez”, destacando que la actividad de las prepagas, más allá de su naturaleza comercial, está profundamente vinculada con la salud pública y, por lo tanto, sujeta a un control estatal exhaustivo.

Cómo sigue

El fallo ordena:

  • Revocar las decisiones previas que declaraban abstracto el litigio.
  • Admitir la acción de la parte actora, reafirmando la obligación de regular las actividades de las prepagas para garantizar el acceso justo a la salud.
  • Señalar que el Poder Ejecutivo Nacional, aunque participe en el proceso, no altera las conclusiones sobre la irrazonabilidad de los aumentos.
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