La defensa del ex Comandante de la Guardia Nacional bolivariana Justo Noguera Pietri con pedido de captura internacional en Argentina buscaba obtener este beneficio pero la Cámara Federal porteña ha ratificado que es «inviable».
Lo que importa
Los jueces de la Sala I del Tribunal de Apelaciones confirmaron una decisión del magistrado del caso, Sebastián Ramos y rechazaron conceder la eximición de prisión al militar venezolano que tiene orden de captura internacional por violaciones a los derechos humanos en su país
Noguera Pietri fue el primero de los requeridos en designar abogado defensor, el letrado Fernando Sicilia, e intentar ponerse a derecho pero sin correr riesgo de quedar preso en caso de salir de su país.
Las órdenes de captura pesan también sobre el presidente de Venezuela Nicolás Maduro y su segundo Diosdado Cabello, entre otros en base al principio de justicia universal.
Qué argumentaron los jueces Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi
- El involucrado estaría en libertad en Venezuela «a dónde continuaría prestando labores para los órganos políticos, y es desde aquella jurisdicción y por intermedio de su abogado, que buscaría normalizar su estatus en el expediente»
- «No nos olvidemos de que estamos frente a violaciones-consecutivas- de los DDHH que nacen desde las altas esferas del Estado (amenazas, detenciones, encarcelamientos al margen de la ley, desapariciones de personas) que han sido informadas, en su momento, por distintos organismos internacionales (entre ellos la ONU y Human Rights Watch»
- » Estos episodios reconocen su inicio a comienzos de 2014, durante una serie de manifestaciones públicas ocurridas en distintas provincias venezolanas que concluyeron con una violenta represión estatal y muertes, en las cuales la GNB (que habría estado dirigida por Noguera Pietri) tuvo una participación preponderante»
Los camaristas avalaron la postura de la querella que encabeza el abogado Tomás Farini Duggan, opuesta a que se le conceda el beneficio al militar venezolano y entendieron que conceder la eximición de prisión es «inviable» frente a un panorama investigativo que «a priori» abarcaría ataques «sistemáticos y generalizados contra la población civil venezolana» considerados delitos de lesa humanidad
«No podemos dejar de considerar que la relevancia de la tarea que ha ejecutado y continuaría cumpliendo en su país, atenta contra la seguridad de los damnificados, las víctimas y sus familias, si [él] obtuviese la eximición de prisión».
Resolución de la Cámara Federal
Contexto
Se trata de la causa penal que se lleva en Argentina en base al principio de justicia universal y en el marco de la cual se ha dictado captura internacional para Maduro, Cabello y otros 13 imputados por delitos de lesa humanidad cometidos contra la población civil de Venezuela como parte de un plan sistemático de represión.
En ese marco, la querella encabezada por el abogado Tomás Farini Duggan pidió a los jueces que rechacen eximir de prisión a Noguera Pietri, uno de quienes tiene dictada la captura internacional. Su abogado Sicilia reclamó que se conceda el beneficio y además cuestionó que Argentina tenga abierta esta causa penal en base al principio de doble juzgamiento, ya que argumenta los hechos son investigados también en la Corte Penal Internacional en La Haya.
Todos los planteos de la defensa quedaron rechazados.
Cómo sigue
En la investigación abierta en Argentina, los acusados enfrentan posibles penas de prisión o reclusión perpetua, evaluaron los magistrados.
Este panorama podrían llevarlos a «esquivar el accionar de la justicia y/o entorpecer el cauce del proceso».
Este caso se enmarca en una serie de acciones judiciales que la justicia argentina ha emprendido bajo el principio de justicia universal, permitiendo investigar y juzgar crímenes de lesa humanidad cometidos fuera del territorio nacional.
