Cristina Kirchner no vota: la Cámara Electoral puso fin a la controversia

La Cámara Nacional Electoral revocó la sentencia de una jueza federal de Río Gallegos que mantuvo a Cristina Fernández de Kirchner en el padrón de electores de Santa Cruz pese a la condena en la causa Vialidad. El motivo: nadie le pidió a la magistrada que tome esa decisión.

El Tribunal de Apelaciones ordenó registrar la inhabilitación electoral de la ex Presidenta como consecuencia de su condena firme a seis años de prisión en la causa Vialidad y, por ende, si quisiera hacerlo, no podrá votar el 26 de octubre próximo en los comicios legislativos.

La decisión lleva la firma de los jueces Alberto Dalla Via, Santiago Corcuera y Daniel Bejas, quienes recordaron que ya en 2016 habían advertido que la prohibición genérica de votar para condenados resultaba inconstitucional, pero también subrayaron que “resulta factible que en ciertos casos el legislador pueda considerar justificada la aplicación de la pena accesoria de inhabilitación” como en delitos de corrupción, crimen organizado, lavado de activos, malversación de fondos públicos, defraudación contra la administración pública, entre otros.

Un fallo que nadie pidió

Pero la Cámara destacó que su decisión se basa en que la sentencia apelada fue dictada sin seguir las pautas fijadas por la propia jurisprudencia. “La cuestión debía tratarse en un caso concreto, instado por petición del interesado o del Ministerio Público, y debía verificarse que la posibilidad de votar fuera jurídica y fácticamente viable”, sostuvo el fallo.

En ese sentido, la Cámara remarcó que “ninguna de las condiciones referidas fueron objeto de consideración en la sentencia apelada, que se dictó de oficio -contrariando el fallo citado- sin una petición del interesado o del Ministerio Público”.

En decisiones anteriores la Cámara «descartó una habilitación genérica de oficio y dejó establecidas las condiciones mínimas que los
magistrados del fuero deben considerar para incluir en el registro de electores a los ciudadanos cuya situación encuadre en la inconstitucionalidad declarada»

Este argumento, ponderó la Cámara, alcanza para resolver y es «innecesario» analizar los restantes planteos hechos por las partes


Por todo ello, se ordenó “proceder a registrar la inhabilitación solicitada con fundamento en la condena penal comunicada”.

La resolución será comunicada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y al juzgado federal de Rio Gallegos subrogado por Mariel Borruto, quien tomó de oficio la decisión de declarar la inconstitucionalidad de la inhabilitación para votar que pesa sobre la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner como consecuencia de su condena penal en la causa Vialidad.

La ex Presidenta está condenada además a inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y cumple arresto domiciliario con tobillera electrónica en el domicilio de San José 1111 en la ciudad de Buenos Aires.

Planteo fiscal

El fiscal federal con competencia electoral Ramiro González había reclamado a la Cámara Nacional Electoral que revoque la sentencia dictada en Santa Cruz y que no se habilitara a votar de manera inmediata a la ex presidenta ante la falta de reglamentación por parte del Congreso nacional luego de la sentencia judicial que declaró inconstitucional la prohibición de sufragio a los condenados.

González mantuvo ante la CNE la apelación que había presentado la fiscalía con competencia electoral en Santa Cruz.

“Sobre este aspecto, y según la opinión de esta Fiscalía en innumerables precedentes, la situación de los condenados alcanzados por las normas declaradas inconstitucionales y sus limitaciones relacionadas con el derecho al sufragio activo está sujeta a la intervención definitiva del Congreso nacional”, dictaminó la semana pasada el fiscal González.

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