Penal Económico: el nuevo mapa de un fuero en cambio

La Ley de Inocencia Fiscal redujo un 81% las causas por evasión tributaria y el sistema acusatorio llegará para redefinir el trabajo de jueces, fiscales y empleados. Entre expedientes que se archivaron, estructuras que se reorganizan y nuevas investigaciones de mayor envergadura que reemplazarán a las que quedaron sin efecto, el fuero atraviesa una transformación que marcará su funcionamiento de aquí en adelante.

Lejos de la omnipresencia mediática de sus vecinos federales de Comodoro Py, el fuero en lo Penal Económico tiene 11 jueces de primera instancia que difícilmente serían reconocidos por la calle por un ciudadano común. Sus nombres tampoco resultan familiares y ellos lo prefieren así. 

La discreción no opaca la enorme relevancia de los delitos que persiguen: contrabando, infracciones a las leyes de marca, evasión fiscal, o fraudes societarios. Sólo una de sus causas emblemáticas, la “mafia de los contenedores”, supuso la incautación de mercadería por 300 millones de dólares, que fue distribuida a sectores de bajos recursos. Ingresaban contenedores con textiles o artículos valiosos que se declaraban como objetos de plástico de bajo costo, con la complicidad de empleados de Aduana; el negocio, millonario en dólares, estaba en la diferencia de los que pagaban comparado con lo que hubieran debido pagar. 

La causa se zanjó con 11 condenados por tentativa de contrabando agravado y asociación ilícita. Es el fuero de las denuncias y querellas de ARCA, ANSES y la Unidad de Información Financiera (UIF). En cuanto al contrabando, los jueces en lo Penal Económico extienden su jurisdicción a una veintena de distritos del Conurbano bonaerense.

Tiempo de cambios

Hay años que en la Justicia se recuerdan por una sentencia. Otros, por una causa que cambia la historia. En el fuero Penal Económico, 2026 será recordado por algo mucho más inusual: un cambio de reglas que alteró todo al mismo tiempo. Primero desaparecieron miles de expedientes: la Ley de Inocencia Fiscal redujo un 81% las causas por evasión.

Después comenzó la incertidumbre sobre quiénes seguirán trabajando en los juzgados y quiénes migrarán a las fiscalías. A eso se suman los nombramientos pendientes, las dudas sobre el sistema acusatorio y la sensación, compartida por jueces, fiscales y empleados, de que el modelo con el que habían trabajado durante décadas está llegando a su fin.

Ningún otro fuero federal atravesó una conmoción semejante. La llamada Ley de Inocencia Fiscal fue el detonante. El sistema acusatorio será lo que terminará de mover el piso. Es que la Ley de Inocencia Fiscal impulsada por el Gobierno elevó los umbrales para perseguir la evasión y provocó que el 81% de las causas que se tramitaba en el fuero por ese delito, quedara sin efecto. 

Según los datos oficiales elaborados sobre la base de información del Ministerio de Economía, la reforma impactó sobre un total de 6.750 causas en trámite al momento de sancionarse la Ley 27.799, vigente desde el 2 de enero. De ese universo, 5.445 expedientes registraban montos que ya no superan las nuevas condiciones de punibilidad.

Esa modificación tiene miles de beneficiarios anónimos, pero al menos una cara visible: la del empresario santacruceño Lázaro Báez, a quien el Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 le dictó un sobreseimiento parcial al aplicar los parámetros de la nueva ley. En esa causa, a la firma Austral Construcciones se le reclamaba el pago de IVA y Ganancias por los períodos comprendidos entre 2010 y 2014, pero tras la actualización de los montos se comprobó que sólo en uno de esos años el dinero evadido logró superar el nuevo piso de 100 millones de pesos. Las causas paralelas de la firma vinculadas al lavado de activos, de todos modos, siguen su curso de manera independiente. 

Detrás de esta caída masiva de expedientes hay una explicación estructural: la inflación acumulada. Hasta la sanción de la ley, las cifras para considerar un delito tributario estaban congeladas desde 2017, año desde el cual el Índice de Precios al Consumidor trepó un 8501%. El salto en los nuevos umbrales fue, en consecuencia, exponencial: la evasión simple pasó de un piso de un millón y medio por tributo y por ejercicio a 100 millones de pesos; la evasión agravada saltó de 15 millones a 1.000; la retención indebida de aportes de la Seguridad Social pasó de 100.000 pesos a 3,5 millones mensuales, y la de tributos, de 100.000 pesos a 10 millones por mes. 

Para hacer efectivos estos beneficios sobre las más de 5000 causas alcanzadas, entró en juego la Instrucción General 01/26 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que dispuso que los expedientes por debajo de los nuevos umbrales no debían ser impulsados. En paralelo, los abogados defensores presentaron escritos y muchos jueces actuaron de oficio para cerrar causas, amparados en los fallos históricos de la Corte Suprema “Palero” y “Vidal”, que establecen que la elevación de montos debe aplicarse retroactivamente. 

El resultado es un cambio de paradigma: durante años el Estado persiguió a contribuyentes por montos que hoy la propia ley considera insignificantes. Para que esa licuación no vuelva a repetirse, la norma prevé una cláusula cerrojo hacia el futuro: a partir de enero de 2027 todos los umbrales para delitos tributarios y multas formales se ajustarán automáticamente por UVA. El promedio de causas que se cerraron en Penal Económico desde el inicio del año es de 100 por juzgado, un “sacudón que nos cambió todo”, según un magistrado del fuero.

El segundo terremoto

Esa reducción drástica del volumen de causas coincide con la implementación de un cambio todavía mayor que llegaría a partir de septiembre: el sistema acusatorio. Dentro de los juzgados se lo describe como un “reto fascinante” que a la vez genera “incertidumbre”. Los jueces saben que van a tener que ejercer su nueva función con menos personal, y que aún con el nuevo esquema va a quedar una gran cantidad de causas residuales por resolver. Uno de ellos compartía sus dudas con Quorum: “¿Esos empleados los voy a poder elegir, me alcanzarán para lo que tendremos que hacer, me los van a imponer, mi gente se va a querer ir a las fiscalías?”. Del otro lado, el Ministerio Público Fiscal (MPF) teme no estar listo ni en dotación de personal ni en herramientas tecnológicas para responder a lo que se espera de él. Y en el medio quedan los empleados judiciales, muchos con años de antigüedad en los juzgados, que no saben si van a poder -o les va a convenir- pasar a las fiscalías, ni si el trabajo tal como lo conocen va a seguir existiendo. 

Esos movimientos ya se están produciendo. Los judiciales más jóvenes, con cargos más bajos -es decir, con poco que perder y mucho que ganar- están solicitando pasar al MPF porque creen, y tienen motivos para pensar así, que allí, con el sistema acusatorio, podrán hacer carrera porque al día de hoy en las fiscalías hay menos personal que en los juzgado y, por lo tanto, confían en que los ascensos de cargo a cargo se darán con mayor velocidad. 

Pero aquí se plantea un problema: no por superioridad intelectual ni mayor contracción al trabajo, sino porque el sistema durante décadas funcionó así, los que tienen la expertise de cómo se instruye un sumario, son los empleados que trabajan en los juzgados. Esos mismos que ahora están empezando a irse a las fiscalías, donde hay otros empleados que son absolutamente idóneos, sin dudas, para hacer lo que el sistema actual les pide, pero ¿cuánto tardarán, bajo el sistema acusatorio, en convertirse en instructores competentes? 

Mientras tanto, junto a ellos, ya están empezando a trabajar los que vienen de los juzgados; cuando haya que otorgar un ascenso, ¿a quién se lo van a dar? Imaginemos un oficial de un juzgado de primera instancia que quiere crecer y pide pasar a una fiscalía, supongamos que lo logra: el inconveniente reside en que en la fiscalía ya hay un oficial que no tiene esa práctica de la instrucción todavía, ¿quién va a ascender primero? 

Es de suponer que los fiscales querrán estimular la carrera de su gente, a la que conocen y los secundan desde hace años. Esto es algo que vamos a ver, indefectiblemente, no mucho después que el sistema acusatorio se ponga en práctica. Esos pases de juzgado a fiscalía tienen todos los pasos burocráticos que podemos imaginar. El caminito de manual indica que un empleado de juzgado se presenta en una fiscalía y pide prestar servicios allí. 

Usualmente -esto ya está sucediendo- se le pide una mínima prueba de idoneidad, por ejemplo que haga correctamente un 346, es decir cierre de sumario y elevación a juicio, o bien un pedido de indagatorias. El empleado le pide a su juez una licencia sin goce de sueldo para ir a la fiscalía; el magistrado se dirige a la Cámara informando que no tiene objeciones y de allí va a la Corte. Recién cuando el máximo tribunal presta su acuerdo el empleado de nuestro ejemplo puede empezar a desempeñarse en la fiscalía. Esas licencias suelen ser de seis meses; cuando terminan los empleados tienen que recorrer otra vez el caminito burocrático juez-Cámara-Corte. 

Lo que sucede en la vida real es que muchos de ellos siguen en las fiscalías con sus licencias sin goce de sueldo en el juzgado vencidas y que permanecen en ese limbo hasta que la Corte, que lo sabe, emite una autorización con retroactividad. Una pregunta que se hacen en los juzgados en lo Penal Económico es: ¿cómo vamos a seleccionar a la gente, poca, con la que nos tenemos que quedar para atender las causas residuales y ejercer el papel que nos reserva el acusatorio? Hay que tener en claro que no se puede obligar a nadie a irse al MPF si no quiere. 

Los más novatos van a querer pasar. o ya lo están empezando a hacer, pero los que tienen más antigüedad pueden ser reordenados a medida que los juzgados vayan reduciendo su carga, hipotéticamente se conviertan en secretarías y, por cruel que parezca, lo esperable es que a medida que los más antiguos se jubilen, esos cargos ya no se ocupen. 

El artículo 33 de la Ley de implementación del Código Procesal Penal Federal dice que “los funcionarios y empleados de los juzgados y tribunales involucrados en la implementación del nuevo Código Procesal Penal Federal también podrán solicitar su traspaso al Ministerio Público Fiscal o al Ministerio Público de la Defensa, de conformidad con las reglamentaciones que estos organismos dicten a tal efecto”, o sea que no hay imposición, sino solicitud del trabajador que quiere cambiar. 

¿Es la primera vez que sucede un cambio tan radical en la Justicia? No. Hace más de 30 años, el entonces nuevo Código Procesal Penal de la Nación fue un tsunami parecido al sistema acusatorio hoy. Consagró la oralidad y la publicidad, un mecanismo más transparente y veloz. Fue un cambio brutal para un sistema que durante más de 100 años se había regido por el Código Obarrio. Las causas se iniciaban en la etapa de sumario, equiparable a la actual de instrucción, a cargo de un juez que recogía los elementos de prueba en el marco de un procedimiento escrito. Esta fase no tenía prevista la publicidad: era secreta y escrita. 

En la segunda etapa entraban en escena los juzgados de sentencia, donde un magistrado revisaba las pruebas de la etapa anterior, los nuevos elementos que pudieran ofrecer las partes y dictaba sentencia. Los tribunales orales sustituyeron a los juzgados de sentencia, que fueron achicándose, quedándose con causas residuales, se tornaron en secretarías, hasta desaparecer. Sus trabajadores fueron redistribuidos y sus jueces, también.

Un fuero incompleto

Los cambios que supone el sistema acusatorio, la reducción de dotaciones de los juzgados, el previsible éxodo de empleados a las fiscalías, resuena especialmente en este fuero con vacantes por llenar. Como ejemplo, de seis camaristas que debería tener en las dos salas de la Cámara de Apelaciones, sólo cuenta con dos: Carolina Robiglio y Roberto Hornos. 

En la última tanda de nombramientos antes de la publicación de esta edición, Penal Económico dio la bienvenida al fiscal Andrés Moldes, hijo del influyente ex fiscal federal Germán Moldes y a Federico Novello en el Tribunal Oral 2. Se espera que próximamente se designen los magistrados para ocupar los cargos vacantes que hay en sus juzgados de primera instancia y tres tribunales orales (más un cuarto que fue creado pero nunca integrado). 

El nuevo sistema acusatorio impone los colegios de jueces: el de Garantías, conformado por los magistrados de primera instancia que supervisan la Investigación Penal Preparatoria y controlan que no se vulneren los derechos y garantías constitucionales del imputado; el de Juicio, integrado por los jueces de los tribunales orales, que conducen el debate público y definen las penas y condenas; el de Revisión, compuesto por los magistrados de la Cámara de Apelaciones, que resuelven las impugnaciones y observaciones a las decisiones formuladas contra decisiones de la etapa de Garantías.

Menos causas pero no menos trabajo

Que hayan desaparecido miles de causas no significa que el trabajo haya disminuido. Muy por el contrario. Mientras el fuero redefine su estructura, sobre los escritorios siguen acumulándose investigaciones capaces de protagonizar titulares durante meses. 

Hay maniobras que siguen ocupando la agenda de los juzgados, una es la simulación de importaciones: desde 2020 se detectaron centenares de empresas sin actividad real que recibieron pesos que usaron para comprar dólares en bancos, con el argumento de que iban a destinarlos a compras en el exterior para proveer a sus clientes. Ese dinero termina saliendo del país hacia empresas que, en muchos casos, tampoco existen y, por supuesto, las importaciones jamás se produjeron. 

Es un delito arduo de investigar; el método de Penal Económico consiste en rastrear el IP de las cuentas usadas para determinar a quién pertenecen, y avanzar con allanamientos y secuestros de computadoras y teléfonos. Hay alrededor de 50 o 60 causas de este tipo en cada juzgado del fuero, con un promedio de 10 imputados cada una y embargos de cuentas en todos los casos. Un obstáculo constante es la lentitud de la cooperación internacional: hay pedidos de informes a Estados Unidos realizados hace más de un año y medio que todavía no fueron respondidos. 

La otra maniobra que no cede es el contrabando de drogas. Organizaciones transnacionales empaquetan y ocultan estupefacientes, generalmente -pero no sólo- cocaína con destino a Europa, dentro de motores, neumáticos o cualquier otro producto que sirva de escondite, y los envían como encomiendas al exterior. Los empleados de los correos privados, de ARCA o de la Policía de Seguridad Aeroportuaria detectan las maniobras sospechosas, denuncian ante la justicia en lo Penal Económico, y en ocasiones se recurre a la “entrega controlada”: se deja que la droga llegue a destino, con aviso previo a las autoridades del país receptor, mientras se investiga para identificar a los responsables. 

Es lo que ocurrió en la llamada “Operación Ohlàlà”, un envío desde el aeropuerto de Ezeiza a Francia que se dejó avanzar: terminó con la detención en Uruguay de dos ciudadanos franceses -luego extraditados a la Argentina- y con el arresto de quien fue a retirar los paquetes, mezclados entre bolsas de azúcar, al aeropuerto de Orly. Argentina tiene tratados internacionales que la obligan a combatir este delito, que mueve potencialmente millones de dólares, y los jueces coinciden en que la “Ley del arrepentido” es una herramienta útil para apuntar a los eslabones más altos de la cadena, más allá de quienes embarcan o retiran la mercadería.

Casos destacados en un fuero de bajo perfil

A ese trabajo silencioso se le suman los expedientes que sacaron al fuero de su habitual discreción. El más resonante es la causa AFA, que combinó la pasión futbolera con la cercanía del Mundial: el titular de la entidad, Claudio “Chiqui” Tapia, y el tesorero, Pablo Toviggino, fueron procesados por evasión fiscal y retención indebida de aportes a la Seguridad Social por una cifra estimada en 19 mil millones de pesos, y embargados por 350 millones. Toviggino tiene prohibición de salida del país, mientras que Tapia fue autorizado a viajar al Mundial. 

El juez Diego Amarante, a cargo de la causa, reclama ahora para sí la investigación sobre una quinta en Pilar que presuntamente pertenecería a directivos de la AFA aunque figure a nombre de dos presuntos testaferros, Luciano Pantano y su madre, Ana Conde; la propiedad, valuada en 17 millones de dólares, albergaba una colección de autos de alta gama y caballos árabes pura sangre. 

Ese expediente estuvo desde principios de año en el juzgado federal de Campana por una cuestión de territorialidad, pero Casación ordenó devolverlo a Penal Económico al entender que las maniobras investigadas, de existir, se habrían cometido en la Ciudad de Buenos Aires; hasta ahora era motivo de disputa entre la jueza Verónica Straccia, quien lo recibió, y su colega del Juzgado 5, que lo reclamaba, pero la Càmara de Casaciòn volviò a intervenir para revisar nuevamente todo lo actuado en materia de competencia de la causa de la quinta.

Otra causa de alto perfil es el Fifagate. Hace 11 años la entonces AFIP denunció a Alejandro Burzaco, ex CEO de Torneos y Competencias, por evasión tributaria y asociación ilícita fiscal vinculadas a la venta de derechos de televisación de torneos de fútbol, en la que se habrían ocultado los montos obtenidos mediante la estructura de sus empresas.

Sobreseído en primera instancia, la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico revocó ese criterio por considerar que faltaban medidas de prueba, y lo mismo resolvieron después la Cámara de Casación y, hace pocas semanas, la Corte Suprema, que confirmó por unanimidad que la causa debe seguir. 

Burzaco había confesado en 2015 ante la justicia de Estados Unidos que pagó sobornos a dirigentes de la FIFA, la Conmebol y otras entidades futbolísticas para obtener derechos de televisación, una confesión que le permitió eludir la prisión allá, pero que se incorporó a los expedientes que enfrenta en la Argentina. 

Otro caso con volumen público es el del supuesto contrabando de armas a Bolivia. El fiscal Claudio Navas Rial imputó a Mauricio Macri y a Patricia Bullrich, entre otros funcionarios del gobierno de Cambiemos, por contrabando agravado, al considerar que en diciembre de 2019 se enviaron a La Paz armas sin declarar para respaldar a los opositores de Evo Morales tras su renuncia. 

Según la versión de los entonces funcionarios, las balas de goma y los gases lacrimógenos estaban destinados a proteger a la embajada argentina en medio de los disturbios posteriores a la caída de Morales. Los ex funcionarios todavía no fueron llamados a indagatoria, y las medidas recientes se concentraron en la prueba de origen internacional: se procesaron los exhortos enviados a Bolivia para certificar la documentación de los pertrechos y se tomaron declaraciones testimoniales a los efectivos del Escuadrón Alacrán de Gendarmería que viajaron en el vuelo oficial. 

La reducción de miles de causas por evasión tributaria fue apenas el primer movimiento. Lo que comenzó con un cambio en los umbrales de punibilidad derivó en una revisión mucho más profunda del funcionamiento del fuero. 

Mientras la llegada del sistema acusatorio obliga a redefinir funciones, a reorganizar equipos y a repensar décadas de prácticas judiciales, Penal Económico transita una transición inédita. El resultado todavía es incierto, pero una certeza ya se impone: el fuero que emerja de este proceso difícilmente se parezca al que funcionó hasta ahora.

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