La disputa judicial por la Ley de Modernización Laboral suma un nuevo capítulo. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al juez laboral Raúl Ojeda remitir la causa impulsada por la CGT en un plazo improrrogable, en medio de un conflicto de competencia ya saldado.
La batalla judicial en torno a la reforma laboral volvió a escalar en las últimas horas con una decisión que tensiona aún más la relación entre los fueros y expone la puja institucional que atraviesa el expediente. La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal intimó al juez del trabajo Raúl Ojeda a remitir la causa iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) en un plazo improrrogable de 24 horas.
La resolución, firmada por los jueces Rogelio W. Vincenti, Jorge Eduardo Morán y Marcelo Daniel Duffy en mayo de 2026, fue categórica: el conflicto de competencia en el expediente “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional” se encuentra “definitivamente resuelto”. En ese marco, ordenó al Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 el envío inmediato del expediente al fuero contencioso administrativo federal.
La disputa por la competencia
El requerimiento de la Cámara se alinea con la postura que el Gobierno nacional sostuvo desde el inicio del conflicto. A través de la Procuración del Tesoro, el Ejecutivo cuestionó con dureza la intervención del fuero laboral en un caso que, a su criterio, debía tramitarse exclusivamente en el ámbito contencioso administrativo federal.
De hecho, el Juzgado CAF 12 ya había asumido la competencia y dictado una resolución favorable al Estado Nacional. Sin embargo, según denunció el oficialismo, el juez Ojeda se habría negado a remitir el expediente, desconociendo órdenes previas, lo que derivó en la intervención de instancias superiores para destrabar la situación.
El fallo que encendió la polémica
Ojeda había quedado en el centro de la escena semanas atrás tras hacer lugar a un planteo de la CGT y dictar una medida cautelar que suspendía provisoriamente más de 80 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.
Entre los puntos más sensibles alcanzados por la decisión se encontraban la creación del Fondo de Asistencia Laboral, los cambios en el régimen indemnizatorio y las modificaciones vinculadas a la responsabilidad en casos de tercerización de mano de obra.
Sin embargo, ese escenario cambió rápidamente. La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo -integrada por María Dora González y Víctor Arturo Pesino- revocó la cautelar al modificar el efecto concedido a la apelación del Estado. En los hechos, esa decisión restableció la plena vigencia de la reforma impulsada por la administración de Javier Milei.
Presiones y respuesta del juez
En paralelo al avance del expediente, la figura de Ojeda quedó atravesada por cuestionamientos políticos y mediáticos. A las críticas del oficialismo se sumó una denuncia penal por abuso de autoridad impulsada por el Movimiento Empresarial Anti Bloqueos (MEAB).
En ese contexto, el magistrado decidió salir a responder. En declaraciones a Radio 750, rechazó las acusaciones que lo señalan por supuestos alineamientos políticos y relativizó los cuestionamientos por su pasado como asesor técnico del ex ministro Carlos Tomada.
“Los cuestionamientos surgen porque no tienen argumentos técnicos para rebatir lo que puse en las resoluciones”, sostuvo.
Pero fue más allá. Ojeda advirtió sobre el trasfondo del conflicto y el volumen de intereses en juego: “El hecho de que me hayan atacado tanto indica que hay algo ahí. Hay algo pesado, de fondo, mucho interés en juego”.
Un conflicto con destino en la Corte
El expediente, atravesado por tensiones políticas, disputas de competencia y decisiones contradictorias entre fueros, parece lejos de encontrar un cierre inmediato. Para el propio Ojeda, el desenlace será inevitablemente institucional: la última palabra la tendrá la Corte Suprema de Justicia.
Así, la reforma laboral no solo se debate en el terreno económico y legislativo, sino también en el corazón del sistema judicial, donde cada resolución redefine el alcance del poder y los límites de intervención de cada fuero.
