La Corte Suprema rechazó el per saltum en la causa por la reforma laboral

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso extraordinario por salto de instancia presentado por el Estado Nacional en el marco de la causa vinculada a la reforma laboral que tramita ante el fuero del trabajo. La decisión implica que el expediente continuará su curso por las vías procesales ordinarias.

El fallo fue firmado este jueves en la causa “Confederación General del Trabajo de la República Argentina c/ Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional s/ acción declarativa”. Allí, el máximo tribunal por unanimidad sostuvo que no se verificaban los requisitos previstos en el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para habilitar la vía excepcional del per saltum.

La resolución, de apenas una carilla, señala: “Que a juicio de esta Corte no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia”.

El recurso había sido interpuesto por el Estado Nacional, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, representada por la abogada Mayra Rafaela Cosentino.

Qué es el per saltum

El per saltum es un mecanismo excepcional que permite que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa sin que se hayan agotado las instancias judiciales previas. Su utilización requiere la acreditación de circunstancias institucionales particularmente graves o de extrema excepcionalidad.

En este caso, el máximo tribunal entendió que esas condiciones no se encontraban configuradas, por lo que rechazó la apertura de esa vía extraordinaria. La Cámara del Trabajo ordenó el envio del expediente al fuero en lo contencioso administrativo. No hay salto de instancia si ya resolvió el tribunal de alzada.

El origen de la causa

El expediente se inició a partir de una acción declarativa promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra distintos aspectos de la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo. La causa tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°63, a cargo del juez Raúl Ojeda.

En las últimas semanas, el expediente había quedado en el centro de una discusión procesal vinculada a la competencia y al tribunal que debía continuar interviniendo.

Tal como informó previamente Quorum, la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal intimó al juez Ojeda a remitir la causa en un plazo de 24 horas, al considerar que el conflicto de competencia ya se encontraba resuelto.

Esa resolución se produjo luego de que el Estado Nacional promoviera distintas actuaciones para intentar acelerar la definición del expediente y cuestionara la intervención del fuero laboral.

Cómo sigue el expediente

Con el rechazo del per saltum, la causa continuará tramitando por las vías ordinarias correspondientes. La Corte Suprema no se pronunció sobre el fondo del planteo vinculado a la reforma laboral ni sobre la constitucionalidad de las normas cuestionadas, sino únicamente sobre la improcedencia de habilitar la instancia excepcional solicitada.

De esta manera, las discusiones vinculadas a la competencia, las medidas adoptadas en el expediente y el tratamiento de los planteos de fondo seguirán desarrollándose en las instancias inferiores. A modo de resumen: la Ley de Modernización Laboral 27.802 tiene plena vigencia hasta tanto la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resuelva el planteo de fondo.

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