Por unanimidad, el máximo tribunal dejó firme la cautelar que ordenaba cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario y desestimó la apelación sobre esa decisión de la instancia anterior porque no se trata de una sentencia definitiva. Tras varias marchas multitudinarias antes de esta decisión, el Consejo Interuniversitario Nacional y el Ejecutivo ya habían llegado a un acuerdo económico.
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema dejó firme la cautelar que ordenaba que el Poder Ejecutivo debía actualizar los salarios del personal docente y no docente de las Universidades nacionales y las becas estudiantiles, que según el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) habían perdido más del 40% de su valor.
El conflicto se originó cuando el Ejecutivo suspendió la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario porque, basándose sobre el decreto 759/25, el Congreso no había indicado de dónde saldrían los fondos para solventarla. Ante esa decisión, el CIN planteó un amparo colectivo para conseguir que se dictara la inconstitucionalidad del decreto en cuestión.
La causa tramitó en el fuero Contencioso Administrativo Federal, que, antes de resolver el fondo de la cuestión, esto es la inconstitucionalidad del decreto 759/25, dictó una medida cautelar en la que le indicaba al Ejecutivo que debía cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley desde el primero de diciembre de 2023 y recomponer salarios y becas.
Los jueces señalaron que la cifra comprometida no era significativa y que la negativa del Ejecutivo a cumplir con la norma ponía en un riesgo cierto el derecho constitucional de enseñar y aprender. No obstante, el Gobierno llegó hasta a objetar a los jueces que debían intervenir en el expediente, argumentando que algunos de ellos eran docentes universitarios y que el tema del financiamiento los afectaba de manera directa. Paralelamente, las marchas convocadas por el CIN ganaban adherentes, sin que la situación se resolviera.
En el fallo de hoy, la Corte vuelve a rechazar el argumento de que ejercer la docencia en una universidad pública impide a los jueces resolver con imparcialidad y, por no ser una sentencia definitiva, desestima los planteos que equiparan una medida cautelar con una sentencia definitiva. Sin embargo, cabe destacar que el fondo de la cuestión no ha sido resuelto y continúa su trámite ordinario.
¿En qué consisten los acuerdos entre las universidades y el Gobierno?
Hace dos semanas llegaron a un acuerdo económico la Subsecretaría de Políticas Universitarias de la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano, el Consejo Interuniversitario, más los representantes sindicales de docentes y no docentes: convinieron una recomposición salarial que incluiría la actualización por inflación hasta mayo, un 7% a cuenta de la pérdida del poder adquisitivo de 2024 y el compromiso de volver a reunirse en septiembre, en el marco de las paritarias. En cuanto a los alumnos, se acordó un aumento del 50% para las becas estudiantiles Manuel Belgrano.
