Casación declaró la inconstitucionalidad de una ley que impedía la libertad condicional a condenados por delitos graves

Se trata de la Ley 27.375, sancionada en 2017 durante el gobierno de Mauricio Macri, que endurecía las condiciones para acceder a la libertad condicional en casos de delitos graves como narcotráfico, terrorismo o secuestro seguido de muerte. Para los jueces de la Sala de Feria las normas impugnadas violaban los principios de igualdad y progresividad de la pena.

La Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inconstitucional los artículos de una ley que impedía otorgarle la libertad condicional a acusados por delitos graves como narcotráfico, terrorismo, homicidios agravados, trata de personas y secuestro seguido de muerte.

La Ley 24.660, conocida como Ley de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad, establece el marco para la progresividad de la pena y los beneficios que pueden recibir los condenados, como la libertad condicional o la prisión domiciliaria. En 2017, durante el gobierno de Mauricio Macri, fue modificada a través de la Ley 27.375, endureciendo así las condiciones para acceder a la libertad condicional en casos de delitos graves.

En este caso, el fallo se dictó en el marco de la causa “Beati, Carlos Hernán s/ recurso de Casación”, donde el condenado a seis años de prisión por narcotráfico había solicitado su libertad condicional. La defensa del acusado, a cargo del abogado Ignacio Tedesco, cuestionó la constitucionalidad de las restricciones impuestas en la Ley 27.375.

Entre otras cosas, entendió que «el acceso a la libertad condicional es parte del derecho a la resocialización, un principio reconocido en la Constitución Nacional y en tratados internacionales».

La ministra de seguridad de la Naciòn, Patricia Bullrich, aseguró que el fallo es un «gran retroceso».

En cambio, el fiscal Raúl Omar Pleé se opuso al pedido y defendió la vigencia de la prohibición. Sin embargo, la Sala de Feria de Casación Penal, integrada por los jueces Angela Ledesma, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña -el único que votó en disidencia-, consideró que las normas impugnadas violaban los principios de igualdad y progresividad de la pena.

En su voto, Ledesma sostuvo que los artículos declarados inconstitucionales atentan contra la progresividad del régimen penitenciario y el derecho de los condenados a reinsertarse en la sociedad. También destacó que los tratados internacionales ratificados por Argentina no hacen distinciones en el acceso a beneficios según el delito cometido.

«Las razones expuestas en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos indican, al igual que la jurisprudencia de nuestro Cimero Tribunal, que las disposiciones que establecen distinciones con base en el delito, no pueden neutralizar o relativizar el pleno ejercicio de los derechos consagrados constitucional y convencionalmente», entendió la jueza.

Por su parte, Barroetaveña discrepó y consideró que la decisión de la mayoría socava el principio de legalidad y la voluntad del legislador, que había endurecido la normativa con el objetivo de impedir la liberación anticipada de delincuentes peligrosos.

El fallo hizo lugar «al recurso deducido por la defensa de Beati, declarar la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis inc. 10 de la ley 24.660 y 14 inciso 10 del Código Penal, incorporados respectivamente por los artículos 30 y 38 de la ley 27.375″.

La resolución no implica la liberación inmediata de Beati, sino que ordena al Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) N°3 revisar nuevamente su caso y aplicar el régimen de libertad condicional conforme a la interpretación de Casación.

No obstante, la decisión sienta un precedente que podría beneficiar a otros condenados por delitos graves que se encuentren en situaciones similares, lo que generó un fuerte malestar en el Gobierno nacional que fue expresado por intermedio de la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich.

«Nosotros estamos del lado de las víctimas. Vamos a seguir peleando. Llegaremos a la Corte para revertir esta medida y para que el que las hace, las pague», prometió.  

La funcionaria entendió que el fallo significa «un grave retroceso» y anunció que recurrirán a la Corte Suprema de Justicia. «Con Luis Petri impulsamos y logramos que el Congreso apruebe una ley clara: que obligaba a asesinos, violadores y terroristas a cumplir su condena completa, sin beneficios», explicó.

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