Casación rechazó el planteo de Bailaque sobre el código aplicable para juzgarlo: qué discutieron los jueces

Por mayoría, la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el reclamo de la defensa del juez Marcelo Bailaque, que pedía la aplicación del viejo Código Procesal Penal. El tribunal validó el uso del nuevo sistema acusatorio y dejó firme lo resuelto por los jueces de Rosario. Los detalles, en esta nota de Quórum.

La decisión de la Cámara Federal de Casación Penal, con votos de los jueces Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña, selló el debate sobre qué norma procesal debía regir el juicio contra el juez federal de Rosario Marcelo Bailaque: el nuevo Código Procesal Penal Federal o el anterior, de la Nación. La defensa pretendía que se aplicara este último, pero el tribunal consideró inadmisible su impugnación. En disidencia, el presidente del tribunal, Carlos Mahiques, consideró que el viejo código sí debía aplicarse.

Lo que importa

La decisión se tomó en una audiencia celebrada bajo el Código Procesal Penal Federal, se discutió si las causas seguidas contra el imputado debían sustanciarse bajo el Código Procesal Penal de la Nación (Ley N° 23.984), como pretendió la defensa, o según la normativa del nuevo Código Procesal Penal Federal (aprobado por la Ley Nº 27.063 con las incorporaciones dispuestas por la Ley Nº 27.272 y las modificaciones introducidas por la Ley Nº 27.482), como coincidieron el juez de garantías de Rosario y la Cámara Federal de Apelaciones de esa ciudad. 

Luego de un cuarto intermedio, la Cámara Federal de Casación Penal expuso los fundamentos de su decisión de forma oral.

La postura de Mahiques

En primer término, el presidente, Carlos Mahiques, quien quedó en disidencia, votó por hacer lugar a la impugnación presentada por la defensa y declaró la aplicación del Código Procesal Penal de la Nación. 

Explicó que el artículo 23 de la Ley 27.150 de implementación del Código Procesal Penal Federal excluía su aplicación a las causas como las seguidas a Bailaque, que se correspondían a hechos cometidos con anterioridad a la entrada en vigencia de dicho cuerpo normativo, las cuales debían sustanciarse bajo el Código Procesal Penal de la Nación.

No obstante ello, aclaró que no existió una lesión a la garantía de ser juzgado por un juez natural y del debido proceso. 

También afirmó que la decisión adoptada implicaba únicamente un cambio en la organización de la justicia, «cuestión que no vulneraba la garantía nombrada en primer término y que el en el caso no se creó una comisión especial por vía indirecta para juzgar a Bailaque».

Descartó también la violación al debido proceso, en la medida que las leyes procesales que modifican la administración de justicia son, en principio, de aplicación inmediata, sin que ello afecte garantía alguna.

Voto mayoritario

A su turno, los jueces doctores Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña dieron los fundamentos del voto mayoritario que declaró inadmisible la impugnación de la defensa.

En lo medular, sostuvieron, de conformidad y compartiendo los argumentos dados en la audiencia por el fiscal general, Raúl Pleé, que en el caso existió un pronunciamiento del juez de garantías que fue confirmado en su totalidad por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, por lo que existía doble conforme. 

Además, indicaron que no se trataba de una sentencia definitiva ni equiparable a tal, ya que la defensa no articuló correctamente una cuestión federal que permita la intervención de la Cámara Federal de Casación Penal como tribunal intermedio.

Contexto

El juez Bailaque se encuentra en el centro de una tormenta judicial y mediática debido a múltiples acusaciones que lo vinculan con actos de corrupción y conexiones con el narcotráfico.

Entre las acusaciones se le imputa haber favorecido al conocido narcotraficante Esteban Lindor Alvarado, retrasando autorizaciones para intervenciones telefónicas clave en la investigación contra su banda. Además, se le señala por contratar al hijo del contador de Alvarado

Otra denuncia relevante proviene de fiscales de la Agencia de Criminalidad Organizada, quienes acusan a Bailaque de negarse a proveer medidas de prueba esenciales en investigaciones de narcotráfico, lo que habría obstaculizado el avance de las mismas. ​

En noviembre de 2024, Gendarmería Nacional allanó el despacho de Bailaque, secuestrando su teléfono celular y otros dispositivos electrónicos. Estos procedimientos fueron solicitados por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) en el marco de una causa que investiga presuntas maniobras de corrupción y vínculos con empleados de la ex AFIP y Aduana. ​

En las últimas semanas, un ex jefe regional de la AFIP se acogió al régimen de imputado colaborador y aportó información comprometedora contra Bailaque. Según su testimonio, participaron juntos en una reunión secreta donde se habría planificado una maniobra para extorsionar a dos financistas.

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