El máximo tribunal destrabó el último planteo para avanzar en el juicio oral contra Vanina Biasi, legisladora porteña del Frente de Izquierda Unidad, por “instigación a la violencia y actos discriminatorios”, tras haber vertido -según la denuncia- una serie de “mensajes antisemitas” en redes sociales.
En una decisión breve pero significativa, la Corte Suprema de Justicia de la Nación -con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti- desestimó el recurso de queja presentado por la ex diputada nacional Vanina Biasi en la causa en la que se investiga la presunta comisión del delito de incitación a la discriminación por expresiones antisemitas.
La resolución no ingresó al fondo del debate. El rechazo obedeció a una razón procesal: la presentación fue considerada extemporánea, es decir, fuera del plazo legal previsto. Sin embargo, el expediente vuelve a colocar en el centro de la escena una discusión que Quorum viene siguiendo de cerca: los límites de la libertad de expresión en el ecosistema digital y la responsabilidad penal por discursos de odio.
El origen: publicaciones en redes y la ley antidiscriminatoria
La causa se inició a partir de una denuncia por ocho publicaciones realizadas por Biasi en su cuenta de la red social X entre noviembre de 2023 y enero de 2024. Según la imputación, esos mensajes podrían encuadrarse en el artículo 3°, segundo párrafo, de la Ley 23.592, que sanciona la propaganda o acciones basadas en ideas de superioridad racial o religiosa que promuevan la discriminación.
El punto no es menor. Como ha señalado reiteradamente Quorum en coberturas sobre delitos de odio y discurso público, esta norma -históricamente aplicada a contextos más tradicionales- enfrenta hoy el desafío de adaptarse a un escenario de viralización, amplificación y resignificación constante como el de las redes sociales.
El procesamiento: el contexto como clave interpretativa
El 7 de agosto de 2025, la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de Biasi y dispuso un embargo de 10 millones de pesos.
En esa decisión, los jueces introdujeron un criterio que viene consolidándose en la jurisprudencia reciente: el análisis contextual del discurso.
Sostuvieron que, si bien ciertas expresiones aisladas podrían no ser penalmente relevantes, en el caso concreto su valoración debía hacerse a partir del contenido global, el contexto comunicacional y la reiteración de los mensajes. Bajo esa mirada, concluyeron que las publicaciones adquirían una “connotación típica”, es decir, compatible con el delito investigado.
El recorrido procesal: de la Casación a la Corte
La defensa de la ex legisladora intentó revertir esa decisión a través de distintas vías:
- Recurso de casación: rechazado por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal.
- Recurso extraordinario federal: denegado por no dirigirse contra una sentencia definitiva ni acreditar cuestión federal suficiente.
- Recurso de queja ante la Corte Suprema: finalmente desestimado por haber sido presentado fuera de término.
La Corte, en línea con su doctrina tradicional, evitó pronunciarse sobre el fondo del asunto cuando el acceso a la instancia extraordinaria no cumple con los requisitos formales.
Un caso que excede lo procesal
Aunque la resolución del máximo tribunal se limita a una cuestión de admisibilidad, el caso Biasi se inscribe en un debate más amplio que atraviesa al derecho penal contemporáneo:
- ¿Dónde termina la libertad de expresión y comienza la incitación punible?
- ¿Cómo se evalúa el discurso en entornos digitales donde el alcance y la interpretación son variables?
- ¿Qué rol juega el contexto -político, social, histórico- en la calificación jurídica de las expresiones?
En distintas coberturas, Quorum ha señalado que el crecimiento de discursos extremos en redes sociales obliga a repensar herramientas jurídicas tradicionales, sin perder de vista el riesgo de sobrerregulación o de afectación del debate público.
Entre la palabra y la responsabilidad
El caso también refleja una tendencia: la judicialización creciente de expresiones vertidas en redes sociales, especialmente cuando involucran discursos de odio o discriminación.
En esa tensión -entre libertad y responsabilidad- se juega una parte relevante de la discusión democrática actual. Y aunque la Corte no haya avanzado en esta oportunidad sobre el fondo, el expediente seguirá su curso en instancias inferiores, donde ese debate deberá resolverse con mayor profundidad.
Porque, como viene mostrando la jurisprudencia reciente, ya no alcanza con analizar lo que se dice: también importa cómo, dónde y en qué contexto se dice.
